El seguro y las pérdidas económicas

La industria del seguro juega un papel muy importante en la economía de un país, principalmente en la acumulación de fondos sustanciales volcados al sistema financiero; en el mercado de capitales y en la distribución del dinero derivado de las indemnizaciones y contraprestaciones en siniestros que permea en el comercio y en los servicios en general.

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El motivo de todo ese movimiento financiero deviene de las reservas y previsiones que la aseguradora debe mantener para cumplir su función de absorber, asumir y cubrir los riesgos de sus asegurados. A su vez, el asegurado deposita su confianza en el asegurador por el fenómeno latente del riesgo y la incertidumbre. Y es que nadie tiene un conocimiento cierto y total de lo que pueda pasar en el futuro y la historia nos proporciona muchos ejemplos de como la humanidad ha tratado de eliminar, o al menos reducir la incertidumbre. Y en la medida en que se ha producido un mayor desarrollo económico, se ha hecho más complejo también el grado de incertidumbre a enfrentar.

Las consecuencias del riesgo y la incertidumbre efectivamente son las pérdidas que podrían resultar económicas o patrimoniales y no económicas. Las pérdidas económicas son las que pueden afectar a un bien como consecuencia del siniestro y que puede disminuir su valor o lo que es peor desaparecer. La medida de la pérdida económica sería entonces su valor antes de producirse el daño. Las pérdidas económicas pueden no limitarse a las pérdidas directas sino que pueden ser una consecuencia de: i) actos de responsabilidad, como cuando se genera un peligro que, por negligencia se ocasione daños a otros ya sea por la conducción de vehículos o por prestación de servicios o derivados de acuerdos contractuales donde la pérdida económica sufrirán los terceros damnificados que deben ser indemnizados. En este caso el rol del seguro es proteger el patrimonio del asegurado por el hecho de deber a un tercero y constituyen los seguros de responsabilidad civil. “… por el seguro de responsabilidad civil, el asegurador se obliga a indemnizar, por el asegurado, cuando este llegue a deber a un tercero en razón de la responsabilidad prevista en el contrato, a consecuencia de un hecho acaecido en el plazo convenido…” (Artículo 1644 Código Civil); ii) los daños a una empresa o industria que sufren pérdidas económicas por la paralización en la producción o la interrupción del negocio; o por el incumplimiento de una obra o servicio; o por los daños ocasionados a las mercaderías por el abordaje o hundimiento del buque transportador entre otros, que son daños indirectos por eventos no previstos.

Pero también existen pérdidas no económicas y citamos como ejemplo objetos o bienes que pueden tener escaso o ningún valor en el mercado, y ser en cambio muy valioso para su dueño. Y el más importante el valor de la vida humana. No se puede determinar cuánto vale la vida humana. Por eso los capitales del seguro de vida se establecen en función a una proyección de los ingresos del asegurado y la contribución del seguro producido un evento y constituye una contraprestación y no una indemnización. En este punto, la teoría económica no siempre es satisfactoria pero tampoco debe ser especulativa por ello las tarifas del seguro de vida descansan principalmente en la edad y en el estado de salud del solicitante y constituyen la única limitante para el capital a asegurar.

De esta forma, la existencia de riesgos supone un costo para la sociedad. Cualquiera sea el método empleado para tratar el riesgo existe un gasto para la persona o empresa directa o indirectamente afectada, por ello la solución es tratar de disminuir esas pérdidas trasladando las mismas al asegurador que posee la técnica y la solvencia para asumirlos.

Rol

El rol del seguro es proteger el patrimonio del asegurado por el hecho de deber a un tercero y constituyen los seguros de responsabilidad civil.

(*) Abogado.

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