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Al respecto, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) advertía que en las próximas décadas cuidar del bienestar de las personas mayores será uno de los desafíos centrales para los sistemas de protección social en América Latina.
La región alberga actualmente a más de 50 millones de personas de más de 65 años. Dado el acelerado ritmo de crecimiento de este grupo etario, el organismo estimó que en el año 2065 alcanzará aproximadamente 200 millones de personas. Por tanto, las demandas en materia de salud y pensiones presionarán aún más las finanzas públicas de los países.
Desde el Banco Mundial (BM) consideran que el envejecimiento poblacional no es un problema, sino un indicador de desarrollo social. Sin embargo, plantean la urgente necesidad de repensar las instituciones vinculadas al sistema previsional.
Para el Banco Mundial, alcanzar el equilibrio deberá darse sobre la base de tres pilares: la cobertura (cuántas personas reciben un haber), el ingreso (cuántos recursos se destinan a pagar las jubilaciones) y la sostenibilidad (cómo conseguir los fondos para financiar las prestaciones).
En las últimas semanas la creación de una superintendencia de pensiones y jubilaciones en Paraguay se ha puesto en el centro del debate debido a que el Gobierno buscaba el consenso con el sector privado para la presentación ante el Congreso Nacional de la propuesta normativa.
Tras varias reuniones, días pasados fue suscrito un “Acuerdo para la validación sobre la reforma de la seguridad social en el país” entre los beneficiarios representados por las centrales sindicales, los gremios empresariales, del sector de jubilados, pensionados; y el Poder Ejecutivo (Presidente de la República, los ministros de Economía y Finanzas, del Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Procurador General).
En ediciones anteriores, la Consultora MF Economía e Inversiones ya había abordado ampliamente cómo funcionaba el sistema previsional en el país, así como los riesgos latentes ante la inexistencia de un órgano encargado de regular y supervisar a las entidades responsables de administrar los ahorros de los trabajadores del país.
En la presente entrega se referencian algunos puntos del proyecto de ley “por el cual se reglamenta el rol supervisor del Estado a las entidades de jubilaciones y pensiones, en cumplimiento del artículo 95 de la Constitución de la República”.