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Débitos directos: Son débitos (cargos) a la cuenta bancaria de un pagador, que ya han sido autorizados en forma previa y que son iniciados por el beneficiario. Los débitos directos pueden clasificarse en:
Débitos procesados por el propio banco: aquellos débitos cargados a clientes de un banco y transferidos a la cuenta de un beneficiario en el mismo banco; Débitos procesados por una empresa de servicios de canje y compensación: Aquellos en el cual un cliente pagador instruye previamente a su institución financiera cargar una o varias de sus cuentas en favor de un beneficiario que tiene cuenta en otra institución financiera.
Déficit: Situación en la que los flujos de gasto son superiores a los de ingreso y el resultado; en consecuencia, es negativo. Se aplica generalmente a patrimonio y tesorería. Cuando el déficit es público, se financia emitiendo deuda pública o desacumulando depósitos.
Fuente: Glosario de Términos Económicos. Banco Central de Reserva del Perú.