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La mitad paraguaya de la energía de Itaipú podría abastecer a casi 3 Paraguay.[1]
En condiciones hidrológicas normales, Paraguay utiliza 1/3 de la electricidad que le corresponde, exportando la gran mayoría a su vecino Brasil. Por ejemplo, Itaipú generó 95.682 GWh de electricidad en 2017; 82.228 GWh se destinaron a Brasil, cubriendo el 15% de su demanda nacional; Paraguay consumió 13.454 GWh, satisfaciendo el 86,4% de su demanda nacional.[1] 2021 fue un año inusualmente seco. La represa de Itaipú solo generó 65.996 GWh de electricidad, de los cuales 50.197 GWh se destinaron a Brasil y 15.799 GWh a Paraguay.[2]
Hoy, como en el pasado, el principal mercado de energía eléctrica de Itaipú es Brasil.
En Juego: Cómo calcular el nuevo precio de la electricidad de Itaipú.
Observación: El enfoque tradicional de Paraguay en la renta de energía deja al Gobierno y al país vulnerables a las recesiones económicas y sequías.
Lógica del Equilibrio
Cabe destacar que el Anexo C y todo el tratado de Itaipú se rigen por dos principios financieros: equilibrio financiero y la no búsqueda de lucro. Esto significa que se supone que Itaipú no debe generar un exceso de ingresos y, por lo tanto, que sus ventas cubran sus costos. El precio de la electricidad de Itaipú está fijado por los gastos de la represa. Aunque los servicios públicos de Brasil y Paraguay operan en sus monedas nacionales, Itaipú opera en dólares estadounidenses como moneda neutral. Y para ser claros, la tarifa de Itaipú es lo que cobra la represa a las empresas de servicios públicos de Brasil y Paraguay, no lo que esas empresas cobran a sus consumidores.
Anexo C
El Anexo C del Tratado de Itaipú (1973) estipula las “Bases Financieras y la Prestación de Servicios de Electricidad” de la represa, es decir, cómo se determinarán los contratos y precios de electricidad. De hecho, el Anexo C es una serie de fórmulas matemáticas para la tarifa de energía y sus componentes. El Anexo C exige la revisión de sus disposiciones en el 50 aniversario de la entrada en vigor del Tratado, es decir, en agosto de 2023.
Los tres componentes principales de la tarifa según lo establecido en el Anexo C son: deuda, gastos de explotación (i.e., de operación), pagos a gobiernos. Antes de la pandemia de covid-19, la tarifa de 2019 estaba fijada en US$ 43,80/MWh. Ese año, el 61,7% de las ventas de energía se destinaron a pagar la deuda de construcción amortizada de la represa, el 22,5% cubrió los costos de operación, incluidos los salarios y el mantenimiento, y el 15,8% fueron pagos a los gobiernos de Brasil y Paraguay: US$ 2.069,3 millones en deuda, US$ 753,3 millones en costos de operación, US$ 531 millones en pagos a gobiernos.[3]
Los gastos establecidos en el Tratado se dividen luego por la producción anual garantizada de la represa establecida o alrededor de 75.000 GWh. La tarifa es para cubrir todos los costos de la represa.
Las utilidades y el resarcimiento se pagan a las empresas de servicios públicos de Brasil (antes de ser totalmente privatizada, Eletrobras cumplía esta función, hoy es ENBPar) y Paraguay (ANDE). Los Royalties se pagan a los tesoros nacionales de Brasil y Paraguay. Tanto el resarcimiento como los Royalties se calculan en función de la cantidad de electricidad generada cada año y, por lo tanto, son sensibles a la producción de energía.
El Anexo C también estipula la fórmula para calcular la “compensación” por la “energía cedida”, es decir, el precio no basado en el mercado pagado por la energía paraguaya cedida en el mercado brasileño. Debido a que el resarcimiento, los Royalties y la Compensación se calculan utilizando el dólar estadounidense, una nota reversal al Anexo C solicitó un “factor de ajuste” que tenga en cuenta la inflación en el dólar estadounidense.[4]
La Declaración Conjunta firmada por el presidente brasileño Lula da Silva y el presidente paraguayo Fernando Lugo en 2009 estableció triplicar el factor de ajuste. Hoy, la compensación por la energía paraguaya cedida a Brasil es de US$ 9/MWh.
Deuda
La construcción de la represa de Itaipú fue financiada con deuda. El pago final se realizó el 28 de febrero de 2023, lo que plantea preguntas importantes sobre cómo se calculará la tarifa en el futuro.
Durante casi tres décadas, 60% de la tarifa se destinó a pagar la deuda de construcción amortizada de la represa. Si se excluye el pago de la deuda, la tarifa se reduciría en una cantidad similar. Las estimaciones sitúan esa nueva tarifa en US$ 19/MWh.[5]
Debido a que la tarifa de Itaipú es lo que cobra la represa a las empresas de servicios públicos de Brasil y de Paraguay, una baja en el precio de la tarifa de Itaipú no significa necesariamente una baja en el precio para los consumidores.
Aunque el Anexo C estipula que el precio de la tarifa debe fijarse lo suficientemente alto como para pagar todas las obligaciones anuales, incluida la amortización de la deuda y los intereses, esto no sucedió durante la primera década de producción de energía de Itaipú.[6]
En cambio, de 1985 a 1997 (con la excepción de 1991) la dirección de Itaipú (Consejo de Administración) fijó una tasa por debajo de la que sería necesaria para pagar las obligaciones de la deuda anual porque los miembros brasileños del consejo afirmaron que el consumidor brasileño no podía pagar una tarifa demasiado alta para cumplir con todas las obligaciones financieras. Como resultado del pago insuficiente, la deuda de Itaipú con sus acreedores creció. El acreedor cuya deuda creció más fue Eletrobras, que se cuadriplicó de US$ 4,7 mil millones en 1985 a US$ 16,5 mil millones en 1997.
Después de 1997, la tarifa de Itaipú se elevó a un monto suficiente para pagar todas las obligaciones financieras de la represa.
Energía adicional vs energía garantizada
La represa de Itaipú genera regularmente más electricidad de lo previsto en los estudios de factibilidad de las décadas de 1960 y 1970. Debido a la ingeniería de alta calidad de las turbinas (calificadas para 700MW, pero que generan regularmente 740, 750 o incluso 760MW) y debido al flujo confiable del río Paraná (que está regulado, en parte, por docenas de represas aguas arriba dentro del territorio brasileño), la producción de energía de Itaipú supera regularmente los 75.134,52 GWh de energía garantizada. Muchos años, Itaipú produce 10.000 GWh – 25.000 GWh más. Las sequías recientes han puesto en peligro la energía adicional y en 2021 la represa de Itaipú ni siquiera generó la energía garantizada mínima estipulada.
Esta energía adicional no puede ser utilizada para cubrir los gastos regulares de la represa (deuda u operación). Es importante destacar que, aunque ambos países son copropietarios de la represa, Brasil contrata la gran mayoría de la energía garantizada más costosa y, en consecuencia, los consumidores brasileños han pagado una mayor proporción de la deuda, los gastos de explotación y los pagos a los gobiernos. Un acuerdo de 2002 que luego fue confirmado en 2007[7] hizo dos estipulaciones importantes:
1) el precio de la energía adicional solo incluye pagos a gobiernos, hoy en día unos US$ 6/MWh.
2) ANDE podría comprar hasta el 50% de la energía adicional.
Pero en 2023 este acuerdo finaliza, lo que genera preguntas sobre cómo calcular la tarifa de energía adicional y cómo se distribuirá. Si ANDE contrata la misma proporción de energía adicional que la energía garantizada, el costo para Paraguay aumentará inmediatamente.
La fecha exacta de finalización de este acuerdo no está clara: el documento de Itaipú (CADOP Resolución 170/2007) que contiene estos acuerdos no se ha puesto a disposición del público en su sitio web público. Si bien la Itaipú publica cifras sobre la tarifa general, no divulga datos precisos sobre los costos de energía adicional. Canese y Canese (2022) calculan que es de US$ 6,59/MWh. [8]
Pagos de Itaipú al Gobierno de Paraguay
Según cifras publicadas por la propia Itaipú, la renta energética (resarcimiento, royalties, compensación) distribuida por la represa al Estado paraguayo ha disminuido en los últimos años.
En general, la renta total recibida por el Gobierno paraguayo de la represa de Itaipú se redujo de US$ 660,1 millones en 2017 a US$ 444,8 millones en 2021, una disminución del 32,6%.
En 2017, el Ministerio de Hacienda paraguayo recibió US$2 57,9 millones en Royalties de Itaipú. En 2021, ese número se redujo un 21,9 % a US$ 201,5 millones. La Compensación disminuyó a un ritmo aún más rápido. En 2017, el gobierno de Paraguay recibió US$ 359 millones en compensación por energía cedida a Brasil. Para 2021, ese número se había reducido un 43,5% totalizando US$ 202,8 millones.
Como la cuenca del río Paraná ha experimentado una sequía de varios años, la producción de energía de Itaipú también ha disminuido. Los Royalties disminuyeron más lentamente que la Compensación porque uno de los efectos de la menor producción de energía fue que Paraguay cedió menos energía a Brasil que en años anteriores.
Por ley, los Royalties y Compensación financian proyectos de educación, infraestructura, salud y desarrollo en municipios y departamentos a nivel nacional.[9]
Una disminución de más del 30% en los fondos disponibles seguramente pone en peligro muchos proyectos. Aparte de la falta de transparencia sobre cómo los gobiernos central, municipal y departamental gastan los fondos de la renta de energía, lo que genera frecuentes acusaciones de ineficiencia y captura de renta por parte de las élites, no está claro cómo los gobiernos locales y nacionales contrarrestaron esta pérdida de fondos.
Deuda
Durante casi tres décadas, 60% de la tarifa se destinó a pagar la deuda de construcción amortizada de la represa.
Referencias
[1] ANDE estima que la demanda de Paraguay alcanzará su potencia disponible (MW) hacia 2030 y la cantidad de energía (MWh) producida por su mitad de ITAIPÚ para 2036. Plan Maestro de Generación 2021- 2040.
[2] ITAIPÚ Binacional. Memoria Anual 2017. p26. Memoria Anual 2021.
[3] ITAIPÚ Binacional. Memoria Anual 2019.
[4] ITAIPÚ Binacional. Nota Reversal No 3, 18 de enero de 1986.
[5] Instituto de Profesionales Paraguayos del Sector Eléctrico – IPPSE 31.05.20192.
[6] Contraloría General de la República, Paraguay. 2021 Informe Final Examen Especial a la Deuda de la Entidad Binacional ITAIPÚ Res. CGR Nros. 394/09 y 524/20.
[7] COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE ITAIPÚ (CADOP) Resolución 170/2007
[8] Canese, R., M. Canese (2022). Soberanía Hidroeléctrica para una Patria Nueva. Asunción: JEROVIA.
[9] Decreto 5816/2010. Ley 1309/98. Ley 4758/12. Asunción, Paraguay.