El avance contra el derecho civil y el mercado

Los recientes hechos suscitados entre el senador Miguel Fulgencio Kencho Rodríguez del Frente Guasu con la abogada Michelle Betancourt con relación al conflicto de tierras invadidas por indígenas, muestra la tendencia de ideas que considero ser irán promoviendo, motivo por el cual se hace necesario alertar sobre lo expresado conociendo de sus efectos sobre el orden económico y jurídico del país.

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El citado senador –que se desempeña como presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas de la Cámara Alta– sabía que el Instituto Paraguayo del Indígena (INDI) ofreció a los ocupantes indígenas otros lugares debido a que aún no existe resolución judicial sobre los terrenos ocupados. Sin embargo, el citado senador sostuvo que al final y al cabo las tierras eran de los indígenas y ahí deben seguir, puesto que prevalece el derecho consuetudinario antes que la legislación del derecho positivo nacional.

Para el senador Rodríguez el derecho consuetudinario indigenista está por encima de la misma Constitución Nacional y de nuestras leyes. Sostiene que así lo avala el artículo 63 de nuestra ley fundamental. El problema con el que tropieza el senador está precisamente aclarado en la misma Carta Magna. En efecto, el mencionado artículo “in fine” dice: “...en los conflictos jurisdiccionales se tendrá en cuenta el derecho consuetudinario indígena”.

Como se notará la expresión “tomará en cuenta” no expresa una relación de privilegio o por encima de la ley positiva expuesta en nuestro ordenamiento jurídico. Lo que dice es que el derecho consuetudinario será referencial pero no excluyente para la toma de decisiones en el ámbito jurisdiccional.

Consuetudinario

El derecho consuetudinario al que el senador Rodríguez y otros referentes de esta línea de pensamiento sostienen consiste en toda una corriente cultural y antropológica que ciertamente estudia y valora la cultura de los pueblos indígenas y esto personalmente me parece que está bien puesto, que forma parte de nuestra misma identidad e historia.

Pero una cosa es la valoración y hasta el cuidado que debemos exponer de la cultura indígena, pero otra cosa muy diferente es creer que para proteger a los indígenas se los tenga que proveer de derechos por encima de nuestro ordenamiento legal y más aún, que tengan la potestad incluso de ir contra lo que nuestro contrato como pueblo paraguayo –nuestra Constitución Nacional– tenga segmentos de privilegios y hasta de categoría superior.

De manera que hay diferencia sustancial entre lo que es indígena y lo que es indigenismo. Indígena es una categoría que tiene la connotación de guardar y promover la cultura de los pueblos originarios, y repito, no está mal sino que por el contrario me parece correcto. Pero el indigenismo es otra cosa.

El indigenismo es y se fue constituyendo (y ni tan siquiera por los mismos indígenas, sino por algunos estudiosos que le dieron ese ropaje) en un movimiento político cuyo objetivo es ir contra la hispanidad, esto es, contra los valores y principios que provienen de la cultura europea proveniente de España.

El discurso

La narrativa es clara y precisa. Para el indigenismo el propósito de una nueva forma de identidad política resulta fundamental y se aprovechan de la cultura de los indígenas para ir contra lo que ellos llaman la “supremacía blanca” de base capitalista.

Este modelo de cultura conlleva a un esquema de sociedad donde, por ejemplo, se rechaza el sistema de vida occidental. La tierra es por tanto comunitaria y no privada. Y los frutos de la tierra y la organización de la comunidad proviene de los caciques y de categorías ancestrales donde en ningún modo tiene cabida la democracia constitucional así como la libertades políticas, de expresión, reunión en organizaciones y económicas.

De modo que el indigenismo no cree ni en la economía de mercado ni en su sustento constitucional que proviene de siglos y hasta de milenios de años de formación que se denomina civilización occidental. Y al no creer y rechazar la iniciativa privada y la propiedad privada entonces prevalece lo comunitario y la organización primitiva donde unos deben dictar las reglas y los demás aceptar sin cuestionamientos y todo en bien del grupo.

Indigenismo

El indigenismo es una orientación e idea política donde tiene prevalencia los postulados igualitarios antes que la igualdad. Igualitario porque –según los indigenistas– la igualdad ante la ley no se encuentra dentro de su código de conducta porque si el “blanco” (europeo o criollo) o hasta el oriental accede a la tierra y lo hace mediante su trabajo e inversión de décadas, pues esa tierra en verdad no le pertenece al que produce sino a aquellos que originariamente fueron sus dueños.

Desde luego para el senador Rodríguez y para muchos cultores del derecho consuetudinario el indigenismo es un derecho superior a todo.

Esta línea expositiva no es de ninguna manera pacífica ni promueve la cooperación social, ni menos aún conduce a la mejora de las condiciones de vida. El indigenismo al aborrecer la propiedad privada como institución moral, económica y política da lugar a lo comunitario y a las decisiones de los investidos de autoridad superior.

Si una persona no es dueña de lo que obtuvo mediante su esfuerzo, talento y capacidad y otros finalmente son los que deciden por el, entonces quiere decir que se está ante un estadio primitivo de sociedad donde los que deciden son otros, los más fuertes o los que por algún motivo tienen algún linaje superior.

Contra el derecho civil

Los romanos en su momento consideraron con acierto que el derecho civil era la reina del derecho. Y tenían razón. La expresión no es una mera expresión del recurso literario donde también ciertamente los griegos como los romanos sobresalieron.

El derecho romano como sabemos es la misma raíz del ordenamiento jurídico de los países que utilizan el derecho continental (Europa con Francia en particular) sino que su influencia se llegó incluso a extender a otros sistemas jurídicos como el “common law” de prosapia británica.

Se manifiesta el Derecho Romano en numerosas instituciones que llegan a nuestros días. Cito solo a modo de ejemplo; el contrato, la hipoteca, los derechos y obligaciones, la familia etcétera. Suma importancia desde luego tiene todo esto con la propiedad privada. El “corpus iuris civile” ha sido un legado influyente para el avance civilizador.

Prefiere lo colectivo antes que lo privado

Lamentablemente, el derecho consuetudinario indigenista no reconoce los institutos del “ius civile”. Aquel derecho prefiere lo colectivo antes que lo privado e individual, habla del derecho equitativo y de la agricultura en grupo para los “oprimidos” antes que el contrato y la compra y venta.

En realidad la raíz de todo ello está en el colectivismo que considera que los débiles y discriminados deben ser protegidos, entonces crearon las leyes y reformas agrarias y desde ahí el nuevo ordenamiento de la sociedad.

Y todo ello fracasó causando llanto, miseria, desempleo y muertes. Aún así algunos se empecinan en volver a intentar el “experimento”.

Encima

Para el senador Rodríguez, el derecho consuetudinario indigenista está por encima de la misma Constitución Nacional y de nuestras leyes.

Sustento

El indigenismo no cree ni en la economía de mercado ni en su sustento constitucional que proviene de siglos y hasta de milenios de años de formación.

(*) Catedrático de materias jurídicas y económicas en UniNorte. Autor de los libros “Gobierno, justicia y libre mercado”; “Cartas sobre el liberalismo”; “La acreditación universitaria en Paraguay, sus defectos y virtudes” y otros como el recientemente publicado “Ensayos sobre la Libertad y la República”.

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