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La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define al salario básico como la cuantía mínima de remuneración que un empleador está obligado a pagar a sus asalariados por el trabajo que estos hayan efectuado durante un período determinado. Esta cuantía no puede ser rebajada ni en virtud de un convenio colectivo ni de un contrato individual.
Tras la revolución industrial y especialmente en las últimas décadas ganó fuerza la existencia del salario mínimo vital como un derecho social. No obstante, recién en el año 1970 se incorporó como un derecho efectivo de los trabajadores, luego de la firma del convenio sobre la fijación de salarios mínimos por parte de los Estados miembros de la OIT.
Es importante mencionar que el 92% de los países del mundo poseen regímenes de salario mínimo legal, de acuerdo con datos de la OIT. En América Latina y el Caribe, prácticamente el 100% de los países cuenta con el sistema.
Conforme con el organismo, los salarios mínimos pueden ser un elemento integrante para contribuir a la reducción de la pobreza y la desigualdad, así como disparidades entre hombres y mujeres.
Igualmente es importante resaltar que el objetivo del salario mínimo también ha seguido un proceso de transformación, por lo que ya no se considera simplemente como herramienta de política aplicable de forma selectiva en algunos sectores de bajos salarios, sino que se ha convertido en un instrumento de cobertura mucho más amplia (OIT).
En Paraguay y de acuerdo con el Código del Trabajo, el salario mínimo es la remuneración considerada suficiente para satisfacer las necesidades normales de existencia de un trabajador, como alimentación, vivienda, ropa, transporte, cultura y recreación.
La normativa vigente en el país refiere que entre los factores para la determinación se encuentran: el costo de vida vinculado al tiempo y lugar; el nivel general de salarios en el país o región donde se realiza el trabajo. Además, las condiciones económicas de la industria en cuestión; la naturaleza y la ejecución de la obra; la edad del trabajador, ya que influyen en su productividad y otros factores que afectan el costo de vida del trabajador.
De hecho, el salario mínimo se paga a todos los trabajadores mayores de 18 años de edad por la actividad realizada durante las horas de trabajo legales. Es de mencionar que los salarios de los aprendices y personas con discapacidad física y/o mental pueden ser inferiores al salario mínimo legal.
Remuneración básica en la región y el régimen en Paraguay
El salario mínimo vigente en las economías de América Latina y el Caribe está marcado por claras asimetrías, de acuerdo con los datos de www.salario.online.com. En la misma línea, el ranking de Sudamérica revela que Uruguay lidera como el país donde la remuneración básica es la más alta (US$ 471), seguido de Chile (US$ 459) y Ecuador (US$ 425). Completan la nómina Argentina (US$ 349), Paraguay (US$ 331), Bolivia (US$ 315), además de Perú (US$ 282), Colombia (US$ 270), Brasil (US$ 263) y Venezuela (US$ 29). Para el caso de Brasil es importante mencionar que el salario mínimo está vinculado a una serie de beneficios y ventajas para el trabajador en el aspecto educativo, sanitario, financiero y económico.
De acuerdo con el art. 255 de la Ley N° 5764 “La consideración del reajuste del salario mínimo será efectuada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), sobre la base de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y su impacto en la economía nacional, al mes de junio de cada año”.
A base del marco normativo vigente, el salario mínimo legal en Paraguay se encuentra indexado o sujeto a la variación de la inflación de los últimos 12 meses.
Cabe destacar que en el período comprendido entre 1998 y 2021, el piso salarial fue reajustado en 16 ocasiones y pasó de G. 591.445 a G. 2.289.324 hasta el periodo actual. Sin embargo, y desde otro punto de vista, la evolución fue irregular a lo largo de los años en análisis al comprender aumentos que oscilaron entre el 3,8% y el 15,0%.
La inflación interanual a mayo de 2022 mostró una variación de 11,4% en los últimos 12 meses. Esta suba es mayor para los bienes de la canasta básica de las familias como las frutas (39,9%), los vegetales frescos (35,1%), los productos lácteos (17,9%) y las carnes (16,5%). Los bienes relacionados al transporte, como combustibles y lubricantes, también se encarecieron en el último año y presentan subas de más del 53%, revelan los datos del Banco Central del Paraguay (BCP).
Es válido mencionar que Paraguay no es el único país de la región que experimenta presiones inflacionarias en su economía. Un choque de oferta esencialmente motiva a una suba de precios de componentes e insumos para las industrias. Por un lado, una disminución histórica del volumen cosechado de soja en la última campaña agrícola y, por otro, la elevación de los precios de commodities agrícolas y energéticos en todo el mundo.
Para combatir, de cierta manera, la pérdida del poder adquisitivo de los consumidores, el Poder Ejecutivo decretó días pasados el reajuste de G. 260.983 del salario mínimo legal vigente y de G. 98.089 del jornal mínimo.
Así, el salario mínimo se ubicará en G. 2.550.307 a partir del próximo mes de julio. Es de destacar que el reajuste de 11,4% en el salario mínimo legal no se observaba desde el 2006, cuando la remuneración básica había aumentado 12%.
En la próxima edición, la Consultora MF Economía e Inversiones abordará la composición salarial del mercado laboral en Paraguay, así como las implicancias económicas y financieras del reajuste del salario mínimo.
53%
Bienes relacionados al transporte como combustibles y lubricantes también subieron en el último año y presentan subas de más de 53%, según el BCP.
Debate
El salario mínimo legal se ha convertido en tema de debate en los últimos meses, al considerarse el proceso inflacionario registrado en el país y en el mundo.
Indexado
A base del marco normativo vigente, el salario mínimo legal en Paraguay está indexado o sujeto a la variación de la inflación de los últimos 12 meses.