¿A quién beneficia reajuste del SML?

En vista al reciente reajuste del salario mínimo legal (SML) del sector privado a partir del próximo 1 de julio, según el Dto. Nº 7270/20, que afectará a unos 355.000 trabajadores formales, quienes representan 9% de la población ocupada del país sobre un total de 3.740.000 de trabajadores, cabe observar los efectos inmediatos y a largo plazo.

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A simple vista este reajuste implica que solo el porcentaje de la población ocupada formal se beneficiará con este aumento, mientras que la gran masa que se desempeña en la informalidad tendrá que seguir percibiendo el mismo pago que en la mayoría de los casos no llega siquiera al mínimo anterior a este decreto. Súmese a esto la consecuencia lógica del alza que es la disparada de precios de distintos bienes y servicios, es decir la inflación, que constituye la reacción del comercio. Si a esto se suman las consecuencias de la inflación, del alza de precios de distintos productos y servicios se ensancha la brecha de consecuencias negativas para el sector informal, quienes percibirán menos y tendrán que pagar más por los mismos productos y servicios.

En el mismo sentido, debe observarse el caso de las Mipymes que en su momento ya se han manifestado sobre la dificultad que representa para las mismas adecuarse al aumento sostenido del salario mínimo en cada periodo.

Es sumamente necesario aclarar que no se está objetando el aumento del SML para trabajadores del sector privado que desde luego corresponde según los términos de ley que prevé la adecuación del salario mínimo en base de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y su impacto en la economía en junio de cada año. Aquí debe resaltarse la falta de políticas efectivas, tanto a los efectos del sostenimiento de precios de la canasta básica, el apoyo a Mipymes, con medidas diferenciadas que permitan la subsistencia de estas, tendientes a su sostenimiento y el aumento de la formalización laboral en el país. Esto es así ya que quedó demostrado que solo una pandemia ha podido impedir el aumento del salario mínimo en junio de cada año, ya que fuera de esta situación extraordinaria se registra necesariamente una variación del índice de precios al consumidor anualmente. Sin las debidas políticas realmente efectivas llegará el momento en que las subas constantes serán imposibles de asumir con respecto a las Mipymes e incluso afectará a los empleadores del servicio doméstico, por lo que el efecto inmediato sería dar el paso a la informalidad o proceder a la desvinculación de los trabajadores. Por lo pronto para el Gobierno le resulta efectivo cumplir con la ley y proceder al aumento del SML para el sector privado en cada año, olvidándose de generar las condiciones mediante medidas integrales y necesarias de su exclusiva responsabilidad para frenar la inflación y mantener el valor del salario.

(*) Abogada laboralista.

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