Paraguay no necesita renegociar el Tratado de Itaipú

La reciente exposición del director general brasileño de la binacional, Anatalicio Risden Junior, acerca de su duda de si se revisa o no el Anexo C del Tratado de Itaipú no debería preocuparnos en lo absoluto, dado que Paraguay no necesita modificar dicho Anexo, y menos aún cambiar el cuerpo del tratado.

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Estas declaraciones fueron en el marco de una audiencia pública organizada por el diputado brasileño Rubens Bueno, de la Comisión de Relaciones Exteriores, que había manifestado que “se vuelve urgente la discusión, entre otros temas, si Paraguay seguirá cediendo energía a Brasil o si prefiere tener alternativas, como vender en el mercado libre, o promover la instalación de electrointensivas”. Aseguró que “Brasil está preparado para cualquiera de estos escenarios”. Esto no deja dudas de que en Brasil interpretan que el tratado sí otorga derechos al Paraguay para la venta competitiva de su excedente eléctrico.

El diputado Bueno está en consonancia con las declaraciones del excanciller brasileño, Celso Amorín, vertidas en el año 2009 de “permitir que Paraguay venda su excedente en el mercado brasileño”.

Aún no se ha dado, o al menos no es común encontrar que algún importante funcionario o congresista brasileño niegue el derecho a la libre disponibilidad que otorga el tratado para que Paraguay compre su 50%. Remarcamos la puntualización del diputado sobre que el Brasil “está preparado para cualquier escenario”, incluyendo la propuesta de que Paraguay venda su excedente en el mercado libre a comercializadores brasileños o a terceros países.

Negacionistas

Paradójicamente, sí es común encontrar negacionistas del derecho paraguayo para subastar excedentes entre nuestros “defensores” de la Cancillería, sus camaleónicos asesores, funcionarios y exfuncionarios de la ANDE, expertos en subfacturar electricidad de Acaray.

El argumento clave esgrimido por los negacionistas paraguayos es la cesión obligatoria. Aunque la razón jurídica brilla por su ausencia, lo sostienen con la seriedad y el rigor propio de los terraplenistas, con científicos razonamientos extraídos del manual de teorías conspiratorias.

La cesión obligatoria es utilizada por los negacionistas autóctonos para concluir con la autoprohibición para vender excedentes. Se basa en la errónea interpretación del artículo XIII que contiene el Derecho de Adquisición Preferente (DAP) del cual inventan esta premisa falsa, sin base jurídica, contrariando numerosas jurisprudencias. Ningún estudioso serio de la doctrina avala tal cesión obligatoria; es incompatible con las definiciones de los Códigos Civiles que la describen.

Distorsionada visión

Como un par de caballos con anteojeras, nuestra Cancillería y la ANDE tienen distorsionada la visión de la realidad y nos conducen irresponsablemente a un precipicio. Esta aparente encaprichada posición, en realidad siempre les permitió armar el lucrativo negocio de comerciar derechos que ya tenemos en el tratado. Posiblemente esta vez harán precio entregando otros beneficios que también ya disponemos a cambio de legalizar la figura de los gastos socioambientales.

Un reciente informe oficial de la Cancillería a la Cámara de Diputados, impulsado por el diputado Sebastián Villarejo, evidenció el vergonzoso manejo institucional de Cancillería y la ANDE en Itaipú. Durante 49 años, estos nunca pidieron dictámenes jurídicos a estudiosos del derecho, sin conflictos de intereses, para asegurarse de la solidez de su posición sobre la interpretación acerca del DAP.

Dictámenes independientes sobre el DAP serán como el último clavo en el ataúd de la estrategia claudicante de la Cancillería. No desean tomar conocimiento de informes que confirmarían que perjudicaron al país durante 49 años.

Aquellas reivindicaciones vociferadas por décadas, exigiendo la renegociación del tratado, están basadas en la narrativa de la cesión obligatoria que resultó ser más falsa que patada de serpiente. La libre disponibilidad para contratar, eliminación de la prohibición de vender el excedente, anular el tratado, cambiar cesión por venta, el precio justo, etc., son reclamos que comparten una misma raíz genealógica. Son todos engendros de un mismo padre, el DAP mal comprendido. Estos reclamos debilitan la posición paraguaya porque pedimos derechos ya consagrados en el tratado.

Desvanecida la cesión obligatoria de la narrativa, estos imaginarios impedimentos mueren por inanición. Tal obligación no existe, fue un nocivo fantasma que habitó en nuestras mentes durante décadas. Fue fruto de nuestra incompetencia jurídica y mantenida al calor del nacionalismo chauvinista que necesitaba azuzarnos contra los “usurpadores” de afuera, que en realidad están entre nosotros, lucrando con esta quimera.

El Congreso paraguayo debería estudiar y aprobar urgentemente la ley eléctrica que permita subastar el excedente en Paraguay y comunicar a Eletrobras que puede realizar su mejor oferta en el mercado eléctrico paraguayo. Dejemos de ver fantasmas en el artículo XIII.

Venta

Esto no deja dudas de que en Brasil interpretan que el tratado sí otorga derechos al Paraguay para la venta competitiva de su excedente eléctrico.

Negacionistas

Paradójicamente, sí es común encontrar negacionistas del derecho paraguayo para subastar excedentes entre nuestros “defensores” de la Cancillería.

fjvillate@gmail.com

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