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Resumen
El Salto del Guairá y sus cataratas, también conocidos como los Saltos del Guairá, son patrimonio de la República del Paraguay por ser parte de su territorio continental. El Gobierno brasileño que no aceptaba esta incontrovertible realidad, usando como instrumento de la diplomacia el Acta Final del 22 de junio de 1966 (Acta de Foz de Yguazú) logró la copropiedad o condominio de las cataratas y posterior extinción en el lecho del río Paraná.
El instrumento diplomático, hecho a la medida brasileña, allanó el camino para que Brasil avance en el plan de explotación hidroeléctrica del río Paraná, origen de la Central Hidroeléctrica Itaipú
El enorme daño ambiental y económico ocasionado al Paraguay, impulsó un sentimiento de impotencia ecuménico como lo señalara Pablo Burián en su estudio “Resarcimiento, soberanía y dignificación”, ejemplar de la colección “Libro Blanco de la Ciudadanía”.
La obra sintetiza un sentimiento nacional “de cómo nos humilla un país que por ser más poderoso no duda en anular nuestros recursos económicos en provecho propio” (Pablo Burián. Resarcimiento, soberanía y dignificación. Editorial El Lector, 27 agosto de 2021).
Introducción
El Salto del Guairá nunca salió de los dominios del Paraguay.
“El primer título que el Paraguay puede alegar es el del descubrimiento, fuente principal de las soberanías desde el punto de vista de la moral internacional. Los Saltos del Guairá fueron descubiertos al mismo tiempo que el resto del Paraguay. Las tierras en que ellos se despeñan y a las cuales dieran su nombre, fueron por primera vez visitadas por Alejo García en su fabuloso viaje desde el Atlántico hasta el Perú hacia 1525… tripulante que fue de una armada española, dio con su descubrimiento inicial derechos a la Corona de la cual dependía. Por lo demás, los Saltos como todas las zonas comarcanas, estaban ya dentro de la soberanía española que alcanzaba hasta la famosa Línea de Tordesillas pactada en 1494 para demarcar ambas jurisdicciones. Esa Línea… estaba a más de seis grados al Este de la zona de los Saltos. Cuando en las Capitulaciones de Don Pedro de Mendoza (1534) se instituyó legalmente la Provincia del Río de la Plata o Paraguay, la Corona señaló como frontera oriental de esta Gobernación la misma Línea de Tordesillas. De modo que al nacer la Provincia Gigante de Indias tenía muy dentro de sus tierras a los Saltos del Guairá” (Efraím Cardozo. Los derechos de Paraguay sobre los Saltos del Guairá, 1965).
Desarrollo
A pesar de todo, no fueron suficientes los títulos para preservar de la ambición del Imperio de Brasil los derechos territoriales del Paraguay. Esta perenne codicia, a la que se sumaba la avaricia de la Confederación Argentina, propició en 1857 el “Protocolo de entendimiento para la guerra contra el Paraguay. Argentina y Brasil”.
El escrito quedó formalizado por los plenipotenciarios de la Confederación Argentina, Santiago Derqui y Bernabé López y del Imperio de Brasil, José María da Silva Paranhos. Sus términos, que certificaban el despojo de sus tierras al Paraguay, fueron reproducidos en el Tratado Secreto de la Triple Alianza (Argentina, Brasil, Uruguay).
El Tratado Secreto de la Triple Alianza del 1 de mayo de 1865, copiado de los términos del “Protocolo de entendimiento para la guerra contra el Paraguay”, dado a conocer por el Gobierno británico en abril de 1866, hacía público el objetivo de la alianza: la apropiación de extensos territorios del Paraguay. Quedaba en evidencia que el motivo de la guerra no era precisamente la destitución del “tirano López”.
La invasión del Imperio de Brasil al Estado Oriental del Uruguay, menospreciando la nota del Gobierno paraguayo del 30 de agosto de 1864, inflamó la mecha que precipitó la conflagración. Se sumaba a ello, la negativa del Gobierno argentino al tránsito de tropas paraguayas por Corrientes.
Estos acontecimientos dieron inicio al conflicto que finalizó el 1 de marzo de 1870.
Concluida la guerra del Paraguay contra la Triple Alianza, el Imperio de Brasil impuso al Paraguay el Tratado de Límites de 1872. En el Tratado se incorporaba posesiones paraguayas entre el río Apa, el río Blanco y la región el Amambay, más de 62.325 km2. Sin embargo, los nuevos límites no modificaron la soberanía paraguaya sobre el Salto del Guairá.
No obstante, dejaron de pertenecer al Paraguay las dos provincias históricas del Guairá y del Itatin situadas al este del Paraná y al sur del río Blanco.
En la obra de su autoría, Efraím Cardozo también mencionaba que “Ya nadie discutió si el Brasil tenía o no en ellas posesiones efectivas. La hora de los alegatos jurídicos había fenecido. Ahora la punta de la espada, aplicada sobre la garganta del país moribundo, arranca las fronteras”.
Cabe señalar, que el Tratado de Límites del 9 de enero de 1872, mantuvo al Salto del Guairá en la situación que estaba en todo el transcurso de la historia.
El notable investigador Efraím Cardozo explicaba que “No hubo adjudicación al Brasil, ni partición, ni establecimiento de condominio. Como accidente geográfico, que incluye no solo los Saltos sino también el embalse ocasionado por la Cordillera del Mbaracayú al interceptar el río Paraná, formó parte de la frontera, conservando su situación jurídica no modificada por el Tratado de 1872, como parte integrante de la soberanía territorial del Paraguay”.
Esta maravilla de la naturaleza de un asombroso potencial hidráulico estaba llamada por su magnitud ser parte de la novel industria eléctrica. En efecto, una década después (1882) se había puesto en marcha en Appleton, Wisconsin, Estados Unidos, la primera central hidroeléctrica del mundo para servicio comercial. Esta iniciativa, era el primer paso tecnológico que utilizaba el agua como fuente de energía eléctrica.
Posteriormente, la decisión para desarrollar el potencial energético del Salto del Guairá ganó notoriedad en el Tratado Complementario de Límites del 21 de mayo de 1927. El documento, que definía la región Occidental del Paraguay con Brasil en el tramo del río Paraguay, había originado el Protocolo de 1930 con la ilusión de incorporar bajo soberanía brasileña el Salto del Guairá. El vecino país para desarrollar sus industrias requería abundante electricidad.
En efecto, el Protocolo Moreno-Mangabeira o protocolo de 1930, se puso en ejecución sin importar que el Paraguay estuviera empeñado en la Guerra del Chaco. Amparados en el documento, los demarcadores brasileños pretendieron convertir en hito un pilar de observación levantado en 1874 frente a la quinta caída. Posteriormente, presentaron un mapa en donde todas las cataratas del Salto aparecían como de exclusiva soberanía del Brasil. Sin embargo, el Tratado expresaba claramente que la frontera debía seguir las altas cumbres del Mbaracayú. Las altas cumbres pertenecen al ramal norte de la cordillera dejando la totalidad de los Saltos en territorio paraguayo. El mapa de 1874 señalaba como las altas cumbres al ramal sur del Mbaracayú. A todas luces era inaceptable la supremacía del mapa sobre el Tratado, un completo absurdo. Los trabajos de la Comisión Mixta entre 1958-1963 establecieron fuera de toda duda que las altas cumbres del Mbaracayú son las del ramal Norte.
Sin embargo, premeditadamente, en el hito 341/IV distante veinte kilómetros del Salto del Guairá, se detuvo la demarcación habida cuenta que en ese paraje se bifurca la cordillera en dos. En su ramal Norte deja todas las caídas del Salto en territorio paraguayo. La línea que va por el ramal Sur, pretendido por Brasil como límite, deja en territorio paraguayo las cataratas del Salto a partir de su quinta caída.
Precisamente, en el año 1959 la Comisión Mixta de límites paraguayo-brasileña, en base a levantamientos aerofotogramétricos, demostraba científicamente que los Saltos del Guairá en su totalidad estaban en territorio paraguayo.
El 12 de marzo de 1962, la embajada paraguaya en Río de Janeiro, conforme a instrucciones del Gobierno nacional, protestaba por la noticia publicada en la prensa brasileña acerca de los trabajos para el aprovechamiento unilateral del Salto del Guairá.
A pesar de todas las razones técnicas y jurídicas el Gobierno de Brasil presidido por João Goulart, en nota de la Cancillería del 19 de setiembre de 1962, declaraba que los Saltos están situados íntegramente dentro del territorio brasileño. En sus fundamentos no figuraba para nada el Tratado de 1872.
En febrero de 1962, el Ministerio de Minas y Energía del Gobierno de Goulart había contratado una oficina técnica dirigida por el ingeniero Octavio Marcondes Ferraz para la elaboración de un estudio sobre el aprovechamiento hidráulico del desnivel existente en las Siete Caídas (Para Brasil, Salto Grande de la Siete Caídas).
El 14 de diciembre del mismo año el Relatorio concluía “que la usina eléctrica sería desplazada hacia Puerto Méndez y las aguas del Paraná desviadas en un canal de 60 kilómetros de extensión … Los Saltos del Guairá desaparecerían como accidente hídrico, quedando solamente las rocas”.
El mandatario brasileño, según el Relatorio de Ferraz y otros connotados expertos, manejaba la información de que el Salto del Guairá debía ser hundido para viabilizar el proyecto de explotación del río Paraná.
Para coronar un mandato exitoso y ante la insostenible declaración de la soberanía brasileña sobre el Salto, el presidente Goulart se afanaba en negociar con el Gobierno paraguayo un condominio más realista.
Para el efecto había propiciado una reunión con el presidente Stroessner, en enero de 1964, en su estancia “Tres Marías” del Mato Grosso de Sur. El propósito del Gobierno brasileño era la explotación conjunta del Salto del Guairá, lo que demandaba su copropiedad con Paraguay ¿Quedaba en aguas de borraja la declaración del 19 de setiembre de 1962?
Decía Goulart, por boca de sus mensajeros enviados a Asunción “que ni una sola estaca” se pondría en el futuro emprendimiento sin anuencia del Gobierno paraguayo.
El presidente Stroessner, a partir de 1959, tenía la certeza sobre la soberanía paraguaya sobre la totalidad del Salto del Guairá.
Resultaba extraño el proyecto de João Goulart, que desde el Relatorio de Ferraz había optado por la explotación hidroeléctrica de las aguas del río Paraná. Por de pronto, la falacia del condominio del Salto, no para su explotación hidroeléctrica, sino para disponer de su hundimiento según el plan ya decidido a fines de 1962, era muy evidente.
El presidente brasileño fue destituido, sin lograr su propósito, a fines del primer trimestre de 1964. El nuevo Gobierno brasileño, en junio de 1965, invadió territorio paraguayo a fin de garantizar la “posesión” del Salto el Guairá.
Por hechos comprobados, a sabiendas del Gobierno paraguayo, en la región usurpada no había solamente pobladores brasileños sino toda una población con nombre propio: Sagaraná, ex Puerto Renato, con una prefectura de facto que abiertamente enarbola la bandera del Brasil, con puerto propio y aduana, con cobro de impuestos, con aeropista militar, con escuelas y otras instalaciones.
Todas las protestas paraguayas no tuvieron eco hasta que el canciller norteamericano Dean Rusk tomó cartas en el asunto.
Rusk, jefe del departamento de Estado de John F. Kennedy, participó activamente durante la crisis de los misiles. Más tarde, en el mismo cargo se desempeñó eficientemente con el presidente Lyndon B. Johnson.
La guerra de Vietnam, la intervención de la Fuerza Interamericana de Paz en Santo Domingo, República Dominicana (EE.UU., Brasil, Paraguay, Honduras, policías de Costa Rica), la consolidación del régimen comunista en Cuba, eran cuestiones graves que quebrantaban la seguridad nacional de los Estados Unidos.
Se sumaba a ello una desagradable sorpresa: la insólita invasión de Brasil al Paraguay, en junio de 1965, dos aliados componentes de la Fuerza Interamericana de Paz.
En mayo de 1966, Dean Rusk visitó brevemente Asunción para escuchar los reclamos del Gobierno sobre la invasión de territorio paraguayo. El resultado, aunque poco auspicioso, se tradujo en la conferencia que originó el Acta Final de Foz de Yguazú del 22 de junio del mismo año.
En la conferencia, el Gobierno paraguayo insistía el traslado fuera de su territorio de las tropas brasileñas. El general Juracy Magalhaes, canciller brasileño, que hacia oídos sordos al pedido del canciller paraguayo Raúl Sapena Pastor, seguía empeñado en enfatizar sobre la explotación hidroeléctrica del río Paraná y el consecuente hundimiento de las cataratas del Salto como una solución al problema de límites. Todo ello, en sintonía a las recomendaciones del Relatorio de Marcondes Ferraz y demás técnicos brasileños.
Finalmente, en el Acta Final quedó establecido el condominio del Salto del Guairá y el Gobierno paraguayo abdicaba su soberanía sobre esta maravilla de la naturaleza.
Los demás puntos acordados en el Acta Final fueron ignorados en el Tratado de Itaipú de 1973. Se repetía la historia: el intercambio de objetos entre españoles y nativos americanos, que a cambio de baratijas entregaron oro, joyas y bienes preciados.
Así, el canciller Raúl Sapena Pastor, quien tolerara amenazas de una nueva guerra, resignaba a favor del canciller brasileño Juracy Magalhaes la soberanía paraguaya sobre el Salto del Guairá, principal objetivo para consumar el plan de explotación hidroeléctrico del río Paraná.
Conseguido el condominio de las cataratas del Salto, quedó sin resolver la cuestión de límites, el traslado fuera de territorio paraguayo de las tropas brasileñas de ocupación, mucho menos la explotación conjunta del emprendimiento que implicaba el precio justo por la energía cedida. La estafa estaba consumada.
Todavía en 1965, en un estertor agónico, en nota del 14 de diciembre, Sapena Pastor mantenía la tesis paraguaya que expresaba “… estando (la zona ocupada por un destacamento militar del Brasil) al sur de la cumbre del Mbaracayú, es territorio paraguayo”.
Más tarde, el 21 de agosto de 1972, el Gobierno paraguayo dio un giro copernicano al variar abruptamente su posición afirmando “que el Paraguay no tiene una línea fronteriza conocida en la región del Salto del Guairá”.
A la salida de los invasores, promovido por el canciller americano Dean Rusk, Itamaratí le hizo pito catalán, nunca ocurrió. Recién se pudo efectivizar el traslado en 1982, como consecuencia de la formación del embalse de la represa Itaipú, de unos 1.350 kilómetros cuadrados.
Cabe señalar que el Acta Final, en su tercera conclusión entregaba al Gobierno brasileño la copropiedad del Salto del Guairá: “Proclamaron la disposición de sus respectivos Gobiernos de proceder, de común acuerdo, al estudio y valuación de la posibilidades económicas, en particular de los recursos hidráulicos, pertenecientes en condominio a los dos países, del Salto del Guairá o Salto Grande de las Siete Caídas”.
La entrega del Salto para la explotación del río Paraná, en beneficio exclusivo de Brasil, ocasionó al Paraguay un perjuicio monumental: el hundimiento de las cataratas del Salto, de la selva Atlántica, la flora, la fauna y decenas de pueblos avá guaraní desarraigados, la barbarie estaba consumada.
También hay que añadir al daño 580 kilómetros cuadrados de territorio inundado y la imposibilidad de navegar al norte del río Paraná por el obstáculo de la represa. Un precio muy alto que postergó arbitrariamente el progreso del país.
Conclusión
El 1 de abril de 1967, en su mensaje al Congreso, el Presidente de la República, al referirse al tema, expresó “El Acta Final de Foz de Yguazú suscrita por el Paraguay y el Brasil es una de las piezas fundamentales de la política exterior paraguaya. El Acta Final lograda por el Gobierno Nacional con una suma de energía y discreción, de decisión y paciencia, significa no solo un triunfo paraguayo, sino una victoria del derecho, un alto momento de la amistad, la compresión y la colaboración de dos pueblos americanos”.
Con este discurso, el primer magistrado de la nación y el ministro de Relaciones Exteriores se ponían la soga al cuello al hacer pública la entrega a Brasil de la soberanía del Salto del Guairá.
Como comandante en Jefe, el general Stroessner, violando sus deberes, no honró la misión tradicional de las Fuerzas Armadas de la Nación como principal custodio de la integridad territorial. En su función de primer mandatario, fracasó en el manejo de las relaciones exteriores de la República.
Cabe señalar que el Acta Final recién se publicó por la prensa el 21 de junio de 1973, luego de la firma Tratado de Itaipú, razón suficiente para explicar los devaneos en el Congreso del senador Carlos A. Saldívar y otros adláteres en el intento de justificar las bondades del Tratado de Itaipú.
Según “Memorias de Itaipú 2017″, entre 1985-2017, los pagos de Itaipú a Paraguay totalizaron US$ 9.867,1 millones. Una media anual de US$ 299 millones, que comparado con los ingresos anuales provenientes del turismo (construcción de hoteles, shopping, restaurantes, rutas, aeropuertos, farmacias, comercialización de artesanía, alquiler de taxis, guías, ventas de comidas, mozos, contratación de músicos, etc.) no son nada. Todo ello, a cambio de risibles compensaciones que incrementaba el desarrollo brasileño a costa del bienestar paraguayo.
Bibliografía
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Pozzo Moreno, Juan Antonio. Itaipú, crónica de un despojo. Editorial Gráfica Mercurio, 2014.
Pozzo Moreno, Juan Antonio. Itaipú, una victoria bien brasileña. Editorial Gráfica Mercurio, 2010.
Son
El Salto y sus cataratas, conocidos también como los Saltos del Guairá, son patrimonio de la República del Paraguay por ser parte de su territorio continental
El Acta
El Gobierno brasileño ... usando ... el Acta Final del 22 de junio de 1966, logró el condominio de las cataratas y posterior extinción del lecho del río Paraná.
Allanó
El instrumento..., hecho a la medida brasileña, allanó el camino para que Brasil avance en el plan de explotación hidroeléctrica del río Paraná ...
1872
Concluida la guerra del Paraguay contra la Triple Alianza (Brasil, Argentina y Uruguay), el Imperio de Brasil impuso al Paraguay el Tratado de Límites de 1872.
Entrega
Con el discurso, el presidente y el canciller se ponían la soga al cuello al hacer pública la entrega a Brasil de la soberanía de los Saltos del Guairá.
No honró
El general Stroessner ..., no honró la misión tradicional de las Fuerzas Armadas de la Nación como principal custodio de la integridad territorial.
¿Secreta?
Cabe señalar que el Acta Final se publicó en la prensa el 21 de junio de 1973, dos meses después de haberse firmado el Tratado de Itaipú.
Risibles
Risibles compensaciones que no son nada si se las compara con los ingresos anuales que hubiese generado la actividad turística con los saltos como atracción.