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El Consejo de Administración está compuesto por ocho consejeros nombrados; cuatro por el Gobierno paraguayo y cuatro por el Gobierno argentino.
Las funciones del Consejo de Administración de Yacyretá incluye los siguientes:
- Cumplir y hacer cumplir el Tratado y sus Anexos.
- Decidir sobre las propuestas del Comité Ejecutivo referentes a obligaciones y prestamos.
- Aprobar el presupuesto para cada ejercicio y sus revisiones, a propuesta del Comité Ejecutivo.
- Determinar las condiciones de todos los servicios a prestar por las obras e instalaciones.
- Examinar la memoria anual, el balance general y la demostración de cuadro de resultados elaborados por el Comité Ejecutivo.
En el Artículo 8° del Anexo A del Tratado de Yacyretá se establece que el Consejo de Administración se reunirá ordinariamente cada dos meses y extraordinariamente, cuando fuera convocado por la mitad menos uno de los Consejeros o por dos directores en forma conjunta.
Sin embargo, a la fecha no se cumple el Artículo 8 ° del Anexo A del Tratado debido a la falta de regularización de la situación de los cuatro consejeros por el Gobierno argentino, desde el cambio de Gobierno en el 2019 en ese país.
La última reunión ordinaria del Consejo de Administración de Yacyretá fue la reunión ordinaria N° 208/19 realizada en la ciudad de Buenos Aires el 19 de noviembre de 2019 con la presencia de los 8 miembros de ambos países.
La última reunión extraordinaria del Consejo de Administración de Yacyretá fue la N° 457/19 realizada en Buenos Aires el 27 de noviembre de 2019 con la presencia de los siete miembros de ambos países. (solo estaba ausente un consejero argentino).
El Consejo de Administración, a través de la resolución N° 3841/18, aprobó el presupuesto de la entidad binacional correspondiente al ejercicio 2019.
Desde el 27 de noviembre de 2019...
Desde el 27 de noviembre de 2019 no se han realizado reuniones oficiales del Consejo de Administración de la entidad y las decisiones son adoptadas por el Comité Ejecutivo ad referendum de la aprobación del Consejo de Administración, que debe aprobar los presupuestos desde el 2020 en adelante, así como otras decisiones dentro sus funciones que le establece el Anexo C del Tratado de Yacyretá.
Para normalizar el funcionamiento Institucional de la entidad binacional, resulta imperioso que se integren los cuatro consejeros argentinos.
Con el fin de regularizar esta situación, el director paraguayo de la EBY ha solicitado, en forma reiterada, en las reuniones del Comité Ejecutivo la definición sobre los integrantes del Consejo de Administración.
Además de gestionarlo a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Poder Ejecutivo la intervención de las Altas Partes Contratantes con el fin de subsanar esta situación que ya lleva casi dos años.
Los miembros paraguayos del Consejo de Administración de la entidad, también han solicitado, en numerosas ocasiones, a través de las vías correspondientes, que se llevan a cabo las reuniones presenciales o virtuales cada dos meses tal como los establece el Anexo A del Tratado de Yacyaretá, en sendas convocatorias a reunión desde el mes de febrero de 2020 hasta la fecha y, en todos los casos, la respuesta ha sido “que el Gobierno argentino, asumido el 10 de diciembre de 2019, no se ha pronunciado a la fecha en relación a la integración del Consejo de Administración de la Margen Izquierda, con lo cual no es posible realizar reuniones”.
Los consejeros paraguayos de la EBY han comunicado la situación a los directores, al ministro de Relaciones Exteriores y a la Presidencia de la República, buscando la intermediación por las vías diplomáticas”.
1979
Desde el 27 de noviembre de 2019 no se realizan reuniones oficiales del Consejo de Administración y las decisiones la toma el Comité ad referendum.
(*) Asesor de la Dirección paraguaya