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Es la actitud que combina medios políticos y militares, para que unilateralmente una nación sin consentimiento o conocimiento previo, se dispone a romper el statu quo en perjuicio de la convivencia pacífica entre Estados.
La nación que produce los hechos consumados espera que, por su poder (o por otra razón), la víctima no tomará acciones de represalia, protestas, quejas o la defensa de sus intereses.
En última instancia, espera que la no reacción y el paso del tiempo legalicen el nuevo statu quo.
Esta política de los hechos consumados, desde el fin de la Guerra contra el Paraguay, es una práctica habitual de los Gobiernos brasileños. Un botón como muestra:
Habida cuenta de que el Tratado de límites de 1872, impuesto por el Imperio brasileño, no modificó la ubicación del Salto del Guairá (en territorio continental de Paraguay) la soberanía nacional sobre las dieciocho cascadas del río Paraná –que transportaba el doble de volumen de agua de las famosas cataratas Niágara– no fue alterada.
No obstante, en el Tratado complementario de límites de 1927 con la República del Brasil, el Gobierno brasileño añadió a dicho tratado un protocolo, cuya finalidad consistía en redemarcar los límites definitivamente establecidos en 1872. La idea era simple: Brasil con una creciente demanda energética, no estaba dispuesto a dejar en territorio paraguayo esta inmensa fuente de energía.
Sin embargo, el resultado del protocolo resultó un fiasco para las pretensiones brasileñas al concluir la Comisión Mixta que todos los saltos estaban en territorio continental del Paraguay. Itamaraty, disconforme con el resultado, decidió motu proprio en 1962 que el Salto del Guairá estaba bajo soberanía brasileña.
Con esta tesis, Joao Goulart invitó a comienzos de 1964 al general Stroessner a una explotación conjunta del Salto del Guairá, que era indiscutiblemente propiedad del Paraguay. Un absurdo por donde se le mire: un país civilizado no puede proponer la explotación soberana de un bien que no le pertenece.
El Gobierno brasileño, ante la orfandad de justificativas, decide invadir militarmente en 1965 el Paraguay en la región del Salto del Guairá. Estando el país en esta situación, el Gobierno paraguayo –sin ratificación del Consejo de Estado– acuerda el Acta Final de Foz de Yguazú de 1966.
El Acta concedía a Brasil la copropiedad o condominio del Salto. Finalmente, Itamaraty por la vía diplomática, merced a un gobierno genuflexo, se apropió del Salto del Guairá.
El Tratado de Itaipú de 1973, mediante la mayoría oficialista del Congreso, entregó oficialmente al Brasil el Salto del Guairá.
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Simple: Brasil, con una creciente demanda de energía, no estaba dispuesto a dejar en territorio paraguayo esta inmensa fuente de energía.