Ley de emergencia económica y el gran compromiso de aplicarlo con transparencia y patriotismo

Los países de América Latina enfrentan una fase de contención del coronavirus desde el 26 de febrero cuando se registró el primer caso en Brasil y empezó a propagarse al resto de los países. Eso llevó a que Paraguay, Argentina, Perú, Venezuela, El Salvador, entre otros, tomaran medidas drásticas como la cuarentena, el distanciamiento social, el cierre de fronteras y la multiplicación de las pruebas. La pandemia del covid-19 llega a la región en un contexto de estancamiento económico; protestas por mejoras sociales; reducido espacio fiscal y elevado endeudamiento.

Ley de emergencia económica
Ley de emergencia económica

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El arribo de la pandemia en medio de un reducido espacio fiscal y alto endeudamiento reducen los grados de libertad de los gobiernos para llevar a cabo políticas de estímulo fiscal. Por tanto, numerosas economías requerirán asistencia crediticia de organismos internacionales, bajo condiciones blandas, que les permitan tanto adquirir los insumos necesarios para reforzar su sistema de salud, como implementar políticas de apoyo a grupos vulnerables de la población, y empresas cuyos ingresos están afectados por el virus.

A continuación, se analiza brevemente las medidas tomadas por Colombia y Chile, países que han diseñado acciones sin precedentes en su historia, al igual que lo viene realizando Paraguay. El 18 de marzo, el presidente Iván Duque, anunció un paquete de medidas para hacer frente a los efectos del coronavirus en la economía colombiana. En este sentido garantizó la provisión de recursos para el sistema de salud, lo cual le permitirá a la red hospitalaria tener capacidad de respuesta. Además, se eliminó el IVA para la importación de productos, artículos y tecnologías de salud.

Para proteger a los más vulnerables se transferirán alrededor de US$ 75 millones para 2.660.000 hogares, 204.000 jóvenes y 1.500.000 adultos mayores, que forman parte de programas sociales.

Se adelantará para abril el inicio del Programa de Devolución del IVA para la población más vulnerable, cerca de 100.000 familias, que se ampliará a un millón de colombianos. Asimismo, el Ministerio de Hacienda y Crédito diseñó un esquema en el cual, durante los próximos dos meses, aquellas empresas y personas con vencimiento de créditos hipotecarios o de otra naturaleza, tengan la posibilidad de no pagar por ese lapso, y puedan refinanciar a través de la extensión de los plazos, sin que sean reportados como morosos. El gobierno nacional, además, ofrecerá garantías, a través del Fondo Nacional de Garantías, para facilitar el acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas a líneas de créditos con el sistema financiero. Esto se hace para que puedan mantener el pago de sus nóminas y minimizar los efectos negativos de la pandemia en el empleo.

En Chile, el 19 de marzo, el presidente Sebastián Piñera presentó un paquete de inyección de US$ 11.750 millones (4,7% del PIB), con el fin de atenuar el impacto económico que la pandemia global del covid-19 tendrá sobre las empresas y las familias.

El plan busca, principalmente: i) reforzar el presupuesto del sistema de salud, para asegurar que se cuente con los recursos necesarios para sobrellevar la pandemia; ii) proteger los ingresos de los trabajadores enfermos o que deban aislarse preventivamente; iii) apoyar a los grupos más vulnerables de la población; y iv) proteger los puestos de trabajo y la continuidad de las empresas.

Particularmente, en el plano laboral, cuando el trabajador deba permanecer en su hogar sin posibilidad de realizar sus labores a distancia (teletrabajo), se permitirá la suspensión temporal de sus funciones en la empresa, así como el pago de sus remuneraciones por parte de su empleador. En estos casos, se mantendrá el vínculo contractual y todos los derechos laborales, pero el trabajador pasará a recibir ingresos desde el seguro de cesantía de acuerdo con las reglas de uso vigentes.

En el ámbito tributario, se suspenden los pagos provisionales mensuales del impuesto a la renta de empresas por los próximos tres meses; se posterga del pago del IVA de los próximos tres meses a todas las empresas con ventas menores a US$ 11,5 millones, posibilitando su pago en 6 o 12 cuotas mensuales a la tasa de interés real de cero, dependiendo de su tamaño; postergación hasta julio de 2020 del pago de impuesto a la renta de las pymes; postergación del pago de contribuciones de abril para empresas con ventas inferiores a US$ 11,5 millones; reducción transitoria del impuesto de timbre y estampillas a 0%, para todas las operaciones de crédito durante los próximos 6 meses.

¿Cuál ha sido la estrategia en Paraguay?

El primer caso confirmado del coronavirus covid-19 en Paraguay activó no solo el protocolo sanitario en el país, sino el diseño de unos paquetes económicos para aminorar el impacto en toda la estructura a causa de la pandemia. En tal sentido, semanas atrás, el Poder Ejecutivo dio inicio a la implementación de una serie de medidas financieras, fiscales, monetarias y sociales de corto y mediano plazo.

La reacción casi inmediata del gobierno paraguayo obedeció al estrago que viene causando la enfermedad a escala mundial. Incluso, ya debilitando a potencias económicas como China y Estados Unidos.

A la estrategia sanitaria de distanciamiento social y el paquete de medidas económicas, el gobierno diseñó un proyecto de Ley de Contingencia Económica. El mismo fue presentado y estudiado en el Congreso Nacional de manera maratónica. La propuesta inicial sufrió algunas modificaciones en la Cámara de Senadores, recibiendo el acompañamiento de la Cámara de Diputados. Con esto, el proyecto sancionado declara estado de emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de Salud (OMS) y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras. Con la aprobación y posterior promulgación de la Ley, el Poder Ejecutivo cuente con la autorización para implementar, por el presente ejercicio fiscal, entiéndase hasta el 31 de diciembre próximo, medidas excepcionales. Dichas disposiciones son de carácter presupuestario, fiscal y administrativo, de protección del empleo y de política económica y financiera. Todo lo anterior, con el fin de mitigar o disminuir las consecuencias de la pandemia, fortalecer el sistema de salud, proteger el empleo y evitar el corte de la cadena de pagos.

La propuesta del Poder Ejecutivo atiende varias áreas de relevancia como:

- Sistema de salud: A las medidas ya implementadas en materia sanitaria, la ley contempla el fortalecimiento de la estructura sanitaria del país. Esto, mediante la compra de más insumos, mayor dotación de equipos y personal necesario para atender la situación. Además, otorga beneficios adicionales al personal de blanco, tal como quedó estipulado en el Artículo 5°. En este apartado, se autoriza el pago de una gratificación especial, en carácter de excepción, al personal de salud afectado directamente a la atención de la pandemia, que no podrá ser superior a tres salarios mínimos. De acuerdo a las condiciones financieras del Estado, podrá otorgarse una segunda gratificación de hasta dos salarios mínimos. Éstas y otras medidas representarán una inversión aproximada de US$ 500 millones para el área de salud.

- Asistencia social: La ley considera el estado de alta vulnerabilidad de determinados trabajadores. En tal sentido, plantea una ayuda integral consistente en una cooperación alimentaria, un subsidio monetario temporal, y la disponibilidad de créditos en condiciones financieras extraordinarias. También contempla beneficios en los pagos por los servicios básicos e impuestos. En este punto, el Senado modificó el Artículo 17, con lo cual, al diferimiento, se le agregó la exoneración del pago de las facturas por los servicios básicos correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo bajo ciertas condiciones.

Para el caso de los clientes de la ANDE, con un consumo mensual de 0 a 500 kV serán exonerados en un 100%. Los clientes con un consumo superior a 500 kv mensual podrán ser diferidas temporalmente.

Los usuarios de la Essap SA, aguateras privadas, juntas de saneamiento, comisiones de saneamiento, podrán ser beneficiados con el diferimiento temporal y/o tener un descuento de hasta el 100% para las Mipymes y sectores vulnerables.

Finalmente, para el caso de Copaco SA, la ley contempla las mismas condiciones de diferimiento temporal. En todos los tres casos, el plazo podrá ser prorrogado de acuerdo a las condiciones económicas y a la posibilidad de financiamiento. Además, la normativa recientemente aprobada contempla que las obligaciones impagas resultantes de esta medida temporal podrán ser financiadas hasta en 18 cuotas, sin recargos ni intereses.

Con respecto al establecimiento de las categorías de usuarios y fajas de consumo se dispone que el Consejo Nacional de Empresas Públicas sea la instancia encargada, previa aprobación del Equipo Económico Nacional, incluyendo preferentemente a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) y sectores vulnerables.

- Protección al empleo: En la Ley se plantea también atender a los trabajadores informales. El Artículo 22, contempla la autorización al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, para otorgar un subsidio del 25% del salario mínimo legal vigente. El beneficio, dice la normativa, podrá ser otorgado hasta dos veces por el mismo monto, y será abonado a los beneficiarios a través de entidades de pago sujeto a disponibilidad.

Con respecto a los empleados formales, en la normativa se propone la asistencia mediante un subsidio temporal por reposo o suspensión de contrato a causa de la emergencia sanitaria covid-19. De hecho, en el Artículo 46, se estipula que el Ministerio de Hacienda podrá disponer los mecanismos para un aporte al Instituto de Previsión Social (IPS), de aproximadamente US$ 100.000.000. Dentro de este artículo, el Senado incorporó un apartado donde se establece que el IPS deberá seguir atendiendo a los asegurados durante la emergencia, más allá de los pagos recibidos de los aportes obreros patronales. En caso de atrasos podrán ser refinanciados en las mismas condiciones que los demás servicios públicos hasta en 18 meses.

- Créditos para sectores económicos: En la normativa también se busca atender a las Mipymes, al sector agrícola, comercial y de servicios. Para ello, se capitalizará a la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD), al Fondo de Garantía de las Mipymes y al Crédito Agrícola de Habilitación (CAH). Además de una importante capitalización para la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay SA (Essap), para mitigar los problemas en la provisión de agua potable. El apalancamiento financiero demandará alrededor de US$ 15 millones. La situación de las cuentas públicas no es precisamente la más holgada. Es sabido que las finanzas públicas vienen arrastrando un importante déficit desde el 2012 cuando el Congreso Nacional concedió un aumento salarial, en promedio del 38% a todo el empleado público. De hecho, en la actualidad, las remuneraciones al personal siguen llevándose alrededor del 80% de los ingresos tributarios, con lo que queda poco o nulo espacio fiscal para la inversión de otros programas. Por tanto, las medidas presentadas en la Ley de Emergencia Económica serán financiadas, en una mínima parte, con el ahorro que el fisco espera generar a través del redireccionamiento y racionalización de ciertos gastos como el de catering, transporte, pasajes y viáticos, subsidio familiar, retiro voluntario, entre otros.

Créditos y bonos del tesoro por US$ 1.600 millones

El grueso del financiamiento provendrá de la contratación de empréstitos y bonos del Tesoro por un monto máximo de US$ 1.600 millones. De acuerdo a las autoridades del Ministerio de Hacienda, el monto fue estimado para un escenario extremo. Este importante monto presionará de forma importante al déficit fiscal.

Según estimaciones de la cartera económica, ubicará el saldo rojo en aproximadamente 5% del Producto Interno Bruto (PIB), muy por encima del techo fijado en la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF) del 1,5% del PIB. Pero a modo de salvaguardar lo dispuesto en esta normativa, quedó contemplado suspender por el presente ejercicio fiscal la aplicación de varios artículos de la LRF, lo que deberá estar explicado por las medidas de ingresos y gastos implementados por la Ley de emergencia. Sin embargo, este apartado de la normativa se presenta flexible para lo que originalmente se contemplaba en el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo y que fue eliminado por el Senado. En el mismo se disponía la convergencia al límite del déficit fiscal del 1,5% en un plazo máximo de cuatro años. Y lo más relevante es que prohibía cualquier aumento salarial durante el periodo de reacomodamiento de las finanzas públicas.

La reciente Ley de Emergencia Económica para mitigar los impactos del covid-19 en el país se presenta con importantes desafíos. Al decir la propia reglamentación de la normativa, que como se observa solo en algunos apartados de la ley, precisa de varias puntualizaciones. Éstas llevarán cierto tiempo cuando justamente la situación de emergencia precisa de acciones casi inmediatas.

Desafío: calidad, eficiencia y transparencia

El punto central de toda la implementación de esta ley, sin precedentes en Paraguay, será la calidad, eficiencia y transparencia de los recursos aprobados para su utilización. La autorización del importante paquete de recursos así como la venia de ciertas intervenciones del Estado, incluso en cuestiones privadas como el pago parcial de los alquileres, es la gran oportunidad para que las autoridades de turno muestren su capacidad de ejecución y resguardo de la cosa pública. En este tipo de situaciones, que requieren de grandes estímulos, se manifiestan riesgos altos al uso indebido de los recursos, en especial para gobiernos con instituciones de control débiles. Cuando hay fraude y corrupción se pierde dinero indispensable para enfrentar la crisis de manera efectiva.

Por ello, hoy, en medio de la crisis desatada por la pandemia del coronavirus, el pueblo paraguayo le entrega su soberanía al gobierno, el que está obligado a responder con el férreo compromiso de dar bienestar, de forma equitativa, a todos los que habitan en Paraguay.

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