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Esta es una primera aproximación al análisis de lo que significa «educación superior» en Paraguay, tomando como caso de estudio el Proyecto de Ley PS 198731 «Que crea el Instituto Superior Nacional de Música», teniendo en cuenta su contenido, los actores sociales –los proponentes, los congresistas que la promulgan, la comunidad educativa que será afectada por ella– y las posturas que encontramos en el proceso de «cabildeo», no siempre difundidas a través de los medios de comunicación.
Este análisis se hace necesario por el momento histórico que nos toca vivir, en el que han salido a la luz, mediante la prensa local, pruebas de venta de títulos universitarios como consecuencia de concursos basados en documentos, más que en idoneidad. El objetivo es contribuir al entendimiento de las repercusiones de la promulgación de leyes cuyo alcance no es debidamente considerado.
A partir del 2 de agosto de 2013, fecha de promulgación de la Ley 4995/13 «De Educación Superior», el escenario educativo y social paraguayo cambió ostensiblemente, y para muchos mejoró en diferentes sentidos, pero ¿fue así realmente para la educación superior? ¿Qué implica el término «superior»?
El primer efecto del término «superior» es llevar a buscarlo casi por instinto de sobrevivencia, ya que implica autoridad y calidad respecto a los demás, situados como inferiores. ¿Cómo acceder a ese estatus de privilegio que no se ha recibido de cuna? A través de la educación, y, sobre todo, de la educación superior.
La educación, como el arte, ha sido siempre un factor de movilidad social, pero la necesidad de la educación superior es imperiosa porque los concursos de acceso a diferentes cargos tienen en cuenta la titulación y no la idoneidad.
En 2017, la prueba de Pisa D aplicada a estudiantes de 15 años reflejó «una situación alarmante en cuanto al nivel de competencias lectoras» (Figueredo, 2019). Siete de cada diez estudiantes no reconocieron la idea principal de un texto, por mencionar solo uno de los indicadores considerados; sin embargo, esos estudiantes son los que alimentan las actuales 1633 carreras distribuidas en 288 facultades y 38 institutos superiores; y los que en pocos años llenarán las redes sociales con fotografías de la graduación, sea de grado o de posgrado.
Ante semejante milagro, es llamativo que un Estado que afirma orgullosamente su separación de lo confesional no aplique mecanismos de investigación y control en la educación superior.
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El Congreso Nacional acaba de promulgar el Proyecto de Ley PS198731, cuyo principal objetivo dice ser dar a los estudiantes del Conservatorio Nacional de Música oportunidad de acceder a la licenciatura, con los correspondientes posgrados, especializaciones, maestrías y doctorados.
Este fin parecería altruista si no fuera por las graves falencias del proyecto en los aspectos legal, académico y económico-financiero, que denotan la incompetencia de quienes lo evaluaron por parte del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) y lo refrendaron. Al ser evidenciadas estas inconsistencias ante ellos, los miembros de la Comisión de Educación de la Cámara de Senadores, que son autoridades de universidades del país, las minimizaron y, en vez de solicitar una revisión, recomendaron la aprobación del proyecto.
Según datos del Presupuesto General de Gastos de la Nación 2023, el Estado paraguayo invierte G. 113.929.092.536 en disciplinas artísticas (1) distribuidas en cinco instituciones que ofrecen gratuitamente la Licenciatura en Música, varias con capacidad instalada insatisfecha. El Proyecto de Ley PS 198731 propone una cuota mensual de G. 295.000 (incluyendo enero, generalmente comprendido en las vacaciones para el sector educativo), lo cual contraviene la Ley 6628/2020, que establece la gratuidad en cursos de admisión y grado en universidades públicas e institutos superiores del país. La evaluación del Cones no tuvo en cuenta la capacidad ya instalada en las otras instituciones ni el «detalle» del incumplimiento de la Ley de Gratuidad.
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El Proyecto supone un aumento del presupuesto (de G. 17.367.461.321 a G. 62.621.202.159) para el Conservatorio Nacional de Música (Conamu), para financiar 32 direcciones nuevas a ser creadas. Todo parece indicar que el propósito principal es la creación y mantenimiento de cargos, ya que no ha habido un estudio riguroso de mercado. Considerando la autonomía y la autarquía que otorga la Ley 4995/13 «De Educación Superior» a institutos superiores y universidades, semejante presupuesto podría favorecer el clientelismo con el pretexto de la educación superior.
Cualquier persona familiarizada con la educación superior sabe que las instituciones habilitadas para ofrecer títulos de grado también pueden ofrecer posgrados, solo que, en el caso de la música, la falta de demanda ha impedido que se abran hasta la fecha. La virtualidad, sobre todo después de la pandemia, también ha abierto posibilidades de tomar cursos en diversos lugares del mundo desde la comodidad del hogar.
Desde el punto de vista educativo, un reclamo que se hace al Proyecto es su plan curricular del siglo XIX: solo el 2,5% del contenido programático incorpora tecnología, en este momento en el que la inteligencia artificial y el consumo del audiovisual hacen repensar incluso el futuro de los conciertos de música clásica como hoy los conocemos. El Proyecto de Ley casi no los tiene en cuenta. Con semejante malla curricular, los egresados no estarán preparados para los desafíos del mundo globalizado.
El proyecto fue elaborado a espaldas de los docentes del Conservatorio Nacional de Música, de manera inconsulta, pretendiendo hacer pasar un video promocional por la socialización del proyecto, incluyendo un artículo que obliga a los docentes que hoy se rigen por la Ley 1.264/98 «General de Educación» a someterse a un estatuto del cual no tienen conocimiento, o sea, en el que las condiciones laborales no están definidas. Recordemos que:
«…la doctrina que separa al individuo de su voluntad y de su interés pretendiendo que existe una autoridad que sabe mejor que él cuál es su interés y que, por tanto, puede imponérselo desde el Estado, contiene los gérmenes del autoritarismo y del totalitarismo» (Kaiser, 2022).
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A pesar de las evidencias mencionadas, el Proyecto de Ley PS 198731 fue promulgado y espera la promulgación definitiva del Ejecutivo.
La observación de los últimos acontecimientos demuestra que la educación superior no está suficientemente internalizada para alimentar políticas públicas. Con la cantidad de ofertas educativas de grado y posgrado, y siendo la investigación uno de los ejes en los que se sustenta la educación superior, no se observa una preocupación del Estado por generar un banco de datos certero y accesible para ser utilizado en diferentes estudios. Las autoridades de los centros de educación superior que ocupan lugares de decisión en el Congreso no dan la debida importancia a la coherencia en el Proyecto de Ley, primer requisito para quien haya hecho o dirigido una tesis. Al parecer, a pesar de tener títulos de educación terciaria, no han asimilado las diferencias entre doxa y episteme.
Con esa falta de capacidad de análisis, lo que determine un organismo como el Cones se convierte en dogma de fe, con aprobación inmediata de los miembros del Congreso, y mientras tanto los ciudadanos de a pie estamos condenados a sufrir las consecuencias de esta ignorancia, blindada ahora por títulos de grado o posgrado, que, lejos de abrirse a opiniones diversas que activen la investigación (lo conocido como falsacionismo de Popper), imponen los gérmenes del totalitarismo, que ya ha perjudicado tanto al país y a la humanidad.
Notas
(1) Instituto Superior de Bellas Artes, Facultad de Arte y Diseño UNA, Formación académica en el área de las artes (UNVES), Formación de profesionales en el área musical (UNCA); Formación de profesionales en Arquitectura y Artes (UNE); Formación en ciencia, tecnología y artes (UNP), CONAMU.
Referencias
Figueredo, A. (2019). Competencias lectoras y hábitos de lectura en Paraguay. Ministerio de Educación y Ciencias (https://www.mec.gov.py/cms_v2/adjuntos/17001?1626792582).
Kaiser, A. (2022). La tiranía de la igualdad. Planeta.
Ley 4995 «De Educación Superior». Gaceta Oficial N°146, 2 de agosto de 2013.
Ministerio de Educación y Ciencias (n/f). Pisa 2022. Resultados de Paraguay (https://www.mec.gov.py/cms_v2/adjuntos/20488?1701889038).
Ministerio de Educación y Ciencias (n/f). Reporte Nacional. Pisa D Paraguay (https://mec.gov.py/cms_v2/adjuntos/15247?1545325232).
Proyecto de Ley PS 198731 «Que crea el Instituto Superior Nacional de Música» (https://silpy.congreso.gov.py/web/expediente/117151).
Vázquez, M. G. V. (2014). Educación universitaria como factor de movilidad social. Telos: Revista de Estudios Interdisciplinarios en Ciencias Sociales, 16(2), 207-225.
Vásquez, F. A. S.; Rodríguez, P. C.; Contreras, J. L. L. (2015). La educación como agente de movilidad social. Convergencia educativa, (6), 95-106.
*Tania Ramos es guitarrista, concertista, docente del Conservatorio Nacional de Música, máster en Interpretación de la Música Latinoamericana del Siglo XX por la Universidad Nacional de Cuyo e ingeniera química por la Universidad Nacional de Asunción. Estudió guitarra clásica bajo la dirección de la maestra Luz María Bobadilla, graduándose como profesora superior de guitarra y de lenguaje musical. Ha grabado, entre otros, el álbum Guitarra y Flauta en Dúo (con Francesco Cama, 2001) y participado en el disco de homenaje a Efrén Echeverría Las Guitarras de Kamba’i (con Juan Cancio Barreto, Rolando Chaparro, Willy Chávez y otros, 2018).