Estudio de impacto ambiental

Ing. Daniel Ugarte Filippini La Evaluación de Impacto Ambiental es una herramienta de gestión preventiva, y permite que la política ambiental nacional pueda ser cumplida y se incorpore tempranamente a los procesos de desarrollo y de toma de decisiones. Permite predecir, evaluar y corregir las implicancias de las acciones humanas sobre el medio, con el objeto de evitar impactos negativos de cualquier emprendimiento.

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La finalidad de todo proceso de evaluación de impacto ambiental es garantizar que los emprendimientos sean ambientalmente sostenibles a lo largo del tiempo y, para ello, se apoya en un proceso que predice, analiza e interpreta los impactos ambientales significativos, de manera que sean debidamente considerados y atendidos en la toma de decisiones.

Se puede definir impacto ambiental como: "la alteración significativa de los sistemas naturales y transformados, y de sus recursos, provocada por acciones humanas". Durante mucho tiempo este término fue utilizado para los temas de contaminación, y centrado en lo urbano; hoy en día se hizo extensible a especies animales, vegetales, ecosistemas naturales y la salud de las personas.


SU LEY
A nivel nacional, la Ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental define como impacto ambiental a cualquier alteración de las propiedades físicas, químicas y biológicas del medioambiente, causada por cualquier forma de materia o energía resultante de las actividades humanas que, directa o indirectamente, afectan a:
* La salud humana, la seguridad y el bienestar de la población; las actividades socioeconómicas; los ecosistemas; las condiciones estéticas y sanitarias del medio.

IMPORTANCIA
La importancia de la realización de una evaluación de impacto ambiental radica en que constituye una fuente importante de información y consulta acerca de las implicancias del proyecto propuesto, tanto para los responsables del emprendimiento, como así también para la población afectada y las instancias gubernamentales. Además, permite la identificación e incremento de los aspectos ambientales favorables del proyecto y el planteamiento de alternativas ambientales efectivas; promueve también la participación de la sociedad afectada en la toma de decisiones, pudiendo esta definir la continuidad o no del proyecto mediante argumentaciones valederas y de rigor técnico-científico.
Otro factor en relación a la importancia de la realización de una evaluación de impacto ambiental es que según el Artículo 12º de la Ley 294/93, "La Declaración de Impacto Ambiental será requisito ineludible en las siguientes tramitaciones relacionadas con el proyecto:
a) Para obtención de créditos o garantías (ya sea para entidades públicas o privadas)
b) Para obtención de autorizaciones de otros organismos públicos.

c) Para obtención de subsidios y de exenciones tributarias."

COMO SE LLEVA ADELANTE
El proceso de evaluación de impacto ambiental debe iniciarse desde el momento de la formulación de los proyectos, de manera a viabilizar la segura ejecución del mismo y evitar gastos innecesarios en medidas correctivas o paliativas de los impactos negativos generados.
A nivel administrativo, el proceso de evaluación de impacto ambiental se inicia con la formulación del proyecto y su correspondiente Cuestionario Ambiental Básico (CAB), el mismo es sometido a consideración de los municipios donde se tiene prevista la ejecución del emprendimiento; una vez que la autoridad municipal haya considerado el proyecto y emitido el Certificado de localización municipal, el proyecto se pone a consideración de la Secretaría del Ambiente de la Gobernación correspondiente, quien a su vez emite el Certificado de interés departamental o Certificado de no objeción departamental. Juntos, estos dos certificados constituyen requisito ineludible para la presentación del proyecto a consideración de la autoridad competente la cual es la Secretaría del Ambiente (SEAM), que, en base a los documentos presentados podrá dar curso favorable al proyecto planteado o en su defecto exigir la realización de estudios más detallados, entre los cuales se halla el estudio de impacto ambiental, lo que constituye un requisito para la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental, que es un documento emitido por resolución de la SEAM y tiene una validez de dos años, sujeta a renovación.


COMO AFECTA AL SUELO LA FALTA
DE UN TRABAJO SIN PREVIO ESTUDIO
Al igual que cualquier emprendimiento sin una debida planificación o consideración de todos los aspectos involucrados en el proyecto, una explotación agropecuaria sin una planificación del uso del suelo en la finca y sin la debida evaluación de impacto ambiental, podrá generar alteraciones graves en el medio, entre ellos los de mayor impacto suelen ser generalmente la vegetación nativa del sitio y la calidad de los suelos. Mediante un estudio de impacto ambiental se establecen las medidas de control de impactos y se debe delinear también el proceso de monitoreo de las actividades durante todo el desarrollo del proyecto; en el plan de control o monitoreo se puede establecer las medidas de control de la fertilidad del suelo y el control de la erosión, ya sea mediante medidas de laboreo mínimo del suelo o medidas de control mediante curvas de nivel, lomadas de divergencia de escorrentías y la conservación de la vegetación original en las márgenes de los cursos de agua de manera a conservar la estabilidad de los suelos, evitar el arrastre de suelos debido a la erosión y evitar la contaminación de las aguas por los sedimentos arrastrados y fertilizantes o agroquímicos arrastrados por las aguas de lluvias.

RECOMENDACIONES
Es necesario que cualquier productor que desee una optimización en su producción y en el afán de lograr un mínimo de alteraciones al medio natural cuente con asesoramiento de algún técnico calificado de manera a establecer en forma conjunta con el productor, los lineamientos básicos para la formulación de un proyecto de explotación económica y ecológicamente sustentable. Además, con la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental se obtiene facilidad en la obtención de créditos y financiaciones de cualquier entidad y constituye un certificado de conocimiento y aprobación del proyecto propuesto, por parte de la administración pública y la comunidad afectada.
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