Brucelosis - Dr. P. M. Gibert

La brucelosis es una enfermedad contagiosa, conocida también como fiebre ondulante, fiebre de Malta, fiebre del Mediterráneo o enfermedad de Bang. Se encuadra dentro del género de la zoonosis. Importa, por lo tanto, al campo de la veterinaria y al de la medicina humana. Afecta principalmente al ganado vacuno, cerdos, ovejas, cabras y perros. Causada por bacterias del grupo Brucella, se caracteriza por abortos producidos en las hembras.

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Este mal es considerado grave no solo por las pérdidas que puede ocasionar al productor ganadero, sino también porque puede afectar la salud del hombre, quien es susceptible a varias especies de Brucella. Su período de incubación dura unas tres semanas y, a veces, hasta meses.

Es difícil determinar el instante de la aparición, porque no se puede precisar el momento de la contaminación. Ocasiona afecciones genitales en los machos e infertilidad en ambos sexos. El médico oficial militar británico David Bruce, establecido en Malta, describió la etiología de la enfermedad en el hombre en 1884. En el Paraguay, el Programa de Brucelosis Bovina define las estrategias y acciones a desarrollar en todo el país, en el marco del decreto n.° 2592/78, por el cual se reglamenta el Programa Nacional de Control y Erradicación dela Brucelosis, con el fin de permitir en forma coordinada su control y posterior erradicación, abarcando primero las cuencas lecheras. Hoy, también, se encuentra vigente el decreto n.° 10101/2000, por el cual se modifica el decreto n.° 2592/78, y se reglamenta el Programa Nacional de Control y Erradicación dela Brucelosis.

Esta es una enfermedad diseminada en todo el mundo, pero gracias a los trabajos realizados por autoridades sanitarias y la utilización de un plan de vacunación efectivo se ha podido erradicar en varios países del mundo. Se estima que se producen en el mundo más de 500.000 casos de brucelosis humana, sobre todo en aquellas personas que están vinculadas a la industria cárnica o lechera.

EN EL GANADO VACUNO

Esta infección no es exclusiva del ganado bovino, sino que puede afectar a otras especies como los ovinos, caprinos, porcinos; también se ha encontrado en caballos, perros y gatos. Ha sido diagnosticada en muchas especies silvestres. La enfermedad, cuando aparece en el ganado vacuno, generalmente, es causada por la Brucella abotus, pero también pueden aislarse otras especies, como Suis o Melitensis. Es de difusión rápida y se caracteriza por la presencia de muchos abortos. Las bacterias se encuentran en el útero durante el período de gestación, de involución uterina y, pocas veces, durante la ausencia de preñez. El período de incubación a partir de la infección varía entre 15 días y varios meses, dependiendo de la vía de invasión y dosis de infección. Por lo tanto, transcurre un tiempo variable hasta que aparecen los signos de la infección. Como los casos de aborto no son solamente debidos a esta enfermedad, el productor, muchas veces, no se da cuenta de su presencia. Por lo tanto, cuando ocurre un aborto en el lote, se debe consultar de inmediato al profesional médico veterinario, para que haga el diagnóstico preciso de cuál fue la causa del aborto. De esa manera, se podrá obtener la certeza de si el ganado tiene o no infección de brucelosis, debido a que esta solo puede ser determinada por trabajos realizados en laboratorios. Además de los abortos, se pueden observar en los animales afectados el nacimiento de crías prematuras y la baja condición física de estas. Generalmente, el aborto se produce en la segunda mitad del período de preñez y, muchas veces, con retención de placenta. Además, aparece una inflamación de los genitales, que puede causar la infertilidad permanente del animal afectado. La producción de leche baja un 25 %.

EN EL HOMBRE

Esta enfermedad no solo puede causar grandes pérdidas económicas, sino también pone en peligro la salud del hombre, sobre todo de aquellos que trabajan en forma directa con los animales infectados, o ingieren productos contaminados si no han sido cocinados o pasteurizados. El ser humano puede adquirir la enfermedad de manera directa o indirecta: a partir de un reservorio animal, ya sea vacuno, ovino, caprino o porcino, o de los derivados de animales, como la leche o sus derivados, crema, manteca y quesos. También de los materiales contaminados como la carne, orina, estiércol y placenta de animales enfermos. En los trabajos rurales de campos contaminados, hasta el polvo puede ser un agente contaminante. Se debe tener presente que la brucelosis no se transmite de un ser humano a otro. La prevención en el hombre depende de las medidas higiénicas de cómo se obtienen los productos y subproductos del ganado, como así también de la precaución en el ambiente de los trabajadores del campo.

PREVENCIÓN

Para la prevención es fundamental tomar siempre leche tratada, ya sea pasteurizada, larga vida o en su defecto, cuando no se conoce el origen, hervirla al menos 10 min. Recordar que al espumar no hierve; debe controlarse el hervor. No comer queso, manteca ni crema que no ofrezcan la seguridad de haber sido elaborados con leche tratada o tengan una marca que garantice su calidad. Cuando se realizan trabajos con la leche o productos cárnicos, utilizar guantes y botas. No fumar ni comer durante el trabajo con estos elementos. El mejor sistema de combatir esta enfermedad es realizar la vacunación de los animales antes del primer parto o en el tiempo que indiquen las autoridades sanitarias. Además, se debe impedir la transmisión a otros animales por medio del sacrificio; desinfección, eliminación o incineración de los elementos del aborto. Conviene delimitar el campo, de tal forma que otros animales no tengan la posibilidad de contaminarse. La erradicación de la brucelosis depende del productor, y los programas de control y erradicación de esta enfermedad. Otros países lo han logrado. Consulte siempre con el profesional veterinario para tener un ganado libre de brucelosis, ya que con esta medida ganamos todos. La nueva tecnología laboratorial lo permite.

“La educación es la base del desarrollo de las comunidades”. p.m.g.

Programa Nacional de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina

El Programa de Brucelosis Bovina define las estrategias y acciones a desarrollar en todo el país, en el marco del decreto n.° 2592/78, por el cual se reglamenta el Programa Nacional de Control y Erradicación dela Brucelosis, con el fin de permitir en forma coordinada su control y posterior erradicación, abarcando primero las cuencas lecheras. El programa incluye, entre otros, la incorporación progresiva de establecimientos de cría extensiva al plan de erradicación.

Estudio y actualización de la Legislaciónque norma la ejecución del programa, contenga la suficiente fuerza legal y permita realizar intervenciones en los establecimientos problemas; obligatoriedad del sacrificio, y reglamentaciones que controlen la comercialización de la leche y sus derivados, y sobre hatos positivos. Educación sanitaria a productores, industriales, profesionales veterinarios, consumidores y público en general. Ajuste del sistema de información: incorporar los mataderos y frigoríficos como parte del sistema regular de información, e incluir información que permita identificar los rebaños de origen. Convenios con gobernaciones, municipalidades y otras autoridades para coordinar actividades de control sobre comercialización de leche cruda. Estandarización de los métodos de diagnóstico serológico entre los laboratorios. Fortalecimiento del sistema de vigilancia de mataderos y frigoríficos, para el rastreo y seguimiento epidemiológico, que faciliten la identificación de rebaños infectados. Coordinación interinstitucional con otras dependencias del Estado. A su vez, también, se encuentra vigente el decreto n.° 10101/2000, por el cual se modifica el decreto n.° 2592/78, y se reglamenta el Programa Nacional de Control y Erradicación dela Brucelosis. Este marco legal reglamenta los diferentes componentes del programa relacionados a vacunación, categorías de animales a ser vacunados, materiales sujetos a análisis de laboratorio, acciones a ser implementadas en casos de resultados positivos, requisitos de importación/exportación de especies susceptibles y sanciones a ser aplicadas en casos de incumplimiento de lo establecido en el presente decreto. Fuente: Senacsa.

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