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La abogada Clara Rosa Gagliardone, quien fue la redactora del anteproyecto de la Ley 1600, que se presentó el 10 de diciembre de 1998 en el Congreso Nacional y fue promulgada en el año 2000, opina sobre el “Proyecto de Ley integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres basada en asimetrías de género”, señala que es “un proyecto de ley que debe ser aplicado en defensa del 50% de la población de país y con la intención de que sirva no solo para castigar, sino para prevenir y modificar hábitos culturales de violencia contra la mujer, tiene la obligación de ser de fácil comprensión para toda la ciudadanía. No comprendo el porqué de un nombre tan largo, difícil y complicado. La población entera y en especial las mujeres deben entender y comprender que existe una ley que las protege y creo que puede llamarse simplemente “Ley contra la violencia hacia la mujer”.
La abogada experta en el tema dijo: “Aplaudo, pero veo difícil que el Congreso apruebe el art. 159 de Responsabilidad del Funcionario y del Estado”.
Y hace un análisis del proyecto de ley: “Me parece innecesaria y artificial la definición de violencia del art.3, inc. 20, que dice: ‘Privación evitable de la satisfacción posible de una necesidad humana esencial’. Son muchas las necesidades humanas esenciales, comer, dormir. Me supongo que se refiere a la paz como necesidad humana esencial. Ningún diccionario acompaña esta definición.
Si lo que propiciamos es una ley de violencia contra la mujer, sí es pertinente la definición del inc. 21 del mismo artículo ‘Violencia contra las mujeres’.
El Código Procesal Civil no usa la palabra “ministerio legis” para la notificación automática usada en el art. 155 de Formas de las notificaciones. Anoticiamiento significa notificación, palabra tan poco usada en el C.P.C. No entendí el tema de la caducidad. El art. 104 dice que no se puede admitir la caducidad del procedimiento cautelar en ninguna de sus instancias. El art. 111 habla de la duración de las medidas cautelares de hasta 6 meses. Ningún juicio ni medida es para siempre. El procedimiento debe caducar si no tiene impulso”.
Hoy, audiencia pública en la sala bicameral
El proyecto de ley integral será tema de debate hoy a partir de las 8:30, en una audiencia pública a llevarse a cabo en la sala bicameral del Congreso Nacional. El evento es organizado en forma conjunta por las comisiones de Equidad Social y Género, y de Justicia, Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados.
Esta ley tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar de manera integral y multidisciplinaria la violencia contra las mujeres basada en asimetrías de género, y proteger los derechos de las víctimas. Además, la normativa protege la integridad física, sicológica, moral, sexual, patrimonial y económica de las mujeres, y su derecho a una vida libre de toda forma de violencia.