TSJE faltó a su deber constitucional al no impedir candidatura de narco

El TSJE ignoró la probada doble nacionalidad del narcotraficante Vilmar Acosta, que lo impedía aspirar a cargo electivo y lo dejó seguir su carrera hacia la intendencia en el 2010. La Constitución dice que dicha institución es responsable sobre quienes son elegidos.

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Los ministros Alberto Ramírez Zambonini (PLRA), Juan Manuel Morales (ANR-jubilado) y el juez Gilberto Aníbal Meza (ANR) ignoraron en el 2010 pruebas contundentes sobre la doble nacionalidad (brasileña y paraguaya) del narcotraficante Vilmar Acosta Marques, que impedía su elección para un cargo, y dejaron que logre su objetivo de ser intendente de Ypejhú.

El TSJE rechazó una apelación planteada por el entonces precandidato colorado Julián Núñez Benítez (+) contra una resolución del Tribunal Electoral de Alto Paraná, integrado por los jueces Francisco José Zacarías Cubilla, Carmen Chávez de Talavera y Benicio Rodríguez que ratificaba la postulación de Acosta Marques.

El Tribunal Superior ni siquiera verificó la prueba presentada. Se limitó a rechazar la presentación. La Constitución, en su artículo 273, que refiere a la competencia del Tribunal Superior de Justicia Electoral, señala que dicho organismo, entre otras cosas, es responsable “exclusivamente de los derechos y los títulos de quienes resulten elegidos”.

Mientras la Ley 635 que rige el funcionamiento de la institución, en su artículo 5, señala que “el Tribunal Superior de Justicia Electoral es la autoridad suprema en materia electoral”.

La misma normativa, en su artículo 45, señala que “cuando se establezcan formas o requisitos para los actos procesales, sin que se señale que la omisión o el desconocimiento de los mismos hacen el acto nulo e ineficaz, el juez reconocerá el valor o eficacia siempre que la forma adoptada logre la finalidad perseguida”.

El Tribunal Superior tuvo en sus manos el certificado de nacimiento de Acosta Marques expedido por el Registro Civil de Paranhos, estado de Mato Grosso, Brasil.

El documento decía claramente que este nació en dicha ciudad y que sus padres, Vidal y Eva, eran ciudadanos brasileños. En el marco del juicio, Acosta Marques, a través de su abogado Braulio Duarte, presentó un certificado de nacimiento paraguayo, pero esto no lo habilitaba aún a aspirar un cargo electivo. Debía demostrar que optó por la nacionalidad paraguaya, pero esto nunca fue necesario.

El tribunal de Alto Paraná ratificó su candidatura; decisión que posteriormente fue avalada por el TSJE.

Profesionales del derecho coinciden en que la elección de Acosta Marques es nula y todo el proceso debería ser revisado por la superintendencia del Tribunal Superior, a cargo de Modesto Núñez.

Acosta Marques actualmente está prófugo de la justicia. La fiscalía lo imputó por la autoría moral del asesinato del periodista de nuestro diario Pablo Medina, y su acompañante Antonia Almada.

Es sindicado como cabecilla de una banda de narcotraficantes que por años sembró el terror en Ypejhú.

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