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Durante varios meses desempeñó ambas funciones: la de ministro del Poder Ejecutivo y tesorero de la ANR. Sin embargo, tras las publicaciones de que el mismo violaba la Constitución Nacional debido a la incompatibilidad que existe entre ambos cargos, renunció.
El artículo 241 de la Carta Magna señala que los ministros, al igual que el Presidente y Vicepresidente de un país, no pueden ejercer otras funciones públicas o privadas, remuneradas o no, tampoco el comercio ni actividades profesionales.
Entonces Soto Estigarribia decidió dar un paso al costado en la ANR, solicitando “permiso” y quedarse exclusivamente a ejercer el cargo público. En su reemplazo fue designado Fernando Ayala.
Actualmente, cinco ministros del Gobierno de Horacio Cartes se aferran a sus respectivos cargos en la Comisión Ejecutiva del Partido Colorado, asegurando que no existe conflicto a pesar de que la Constitución Nacional exige a los mismos dedicarse exclusivamente a su actividad en la función pública.
Pero los cinco ministros del Ejecutivo no entienden de esta manera la Carta Magna y ejercen todavía las dos funciones: cargos públicos y partidarios. La misma disposición no rige para los parlamentarios (senadores y diputados), quienes ocupan cargos partidarios.