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El proyecto de ley pretende disponer el marco normativo para el ejercicio del trabajo social en el país. De acuerdo al régimen legal se homologará bajo la denominación de Licenciado en Trabajo Social los títulos de Asistente Social y Licenciado en Servicio Social de grado universitario.
Estarán habilitados para el ejercicio de la profesión quienes hayan tenido título de licenciado en trabajo social en universidades nacionales, privadas o en universidades extranjeras.
En cuanto a los derechos profesionales establece que los trabajadores sociales deben contar con medidas de prevención, protección, recuperación y reparación necesaria cuando el ejercicio de la profesión implique un riesgo para la integridad física o mental.
También establece que deben cumplir con una jornada laboral no mayor a 30 horas semanales por vínculo, exceptuando aquellas cuyas normativas representen mejores condiciones laborales para los trabajadores sociales.
De acuerdo al régimen arancelario, la norma sancionada plantea que en el sector público deberá promoverse, dentro de los programas de recursos humanos de las instituciones, una categoría especial y un rubro correspondiente al desempeño del licenciado en trabajo social. La Comisión de Desarrollo Social había dictaminado aprobar con modificaciones.