Sanción a “rebeldes” es inconstitucional, señalan

El expresidente del Senado y constitucionalista Evelio Fernández Arévalos afirmó que en nuestro sistema institucional definitivamente no puede haber mandatos imperativos de los partidos a diputados y senadores, dado que la Constitución, en su artículo 201, es muy clara en ese sentido. Dijo que no se les puede aplicar sanciones por “desobedecer”.

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El exsenador, consultado, señaló que existen otros países donde se admiten estos mandatos imperativos y apartarse de las directivas partidarias puede ser causal de desafiliación o pérdida de sus bancas para los parlamentarios. Mencionó el ejemplo del Parlamento de España donde el Jefe de una determinada bancada levanta el índice para aprobar un determinado proyecto o resolución y todos los representantes del partido votan en bloque. Apuntó que el Congreso paraguayo es más parecido al inglés o al norteamericano, donde los legisladores no pueden ser obligados a votar en un determinado sentido por sus partidos.

En cuanto a la necesidad que aducen los partidos de que haya una disciplina interna, indicó que se trata de un debate interesante en el que entra en juego la función del legislador, su representatividad y su relación con el grupo político por el cual accedió a la banca. Sin embargo, destacó que, en cuanto a la imposibilidad del mandato imperativo en nuestro régimen constitucional, “no hay escape”. Señaló que esto significa que las sanciones con las que se amenazan a legisladores colorados, tras la postura de su Convención, de no permitirles presentar candidaturas en el próximo periodo, o las que se aplicaron a seis diputados del PLRA, son inconstitucionales. Por lo tanto, si decidiesen recurrir a instancias judiciales, terminarían por quedar sin efecto.

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