Salario doméstico iría a entre 70% y 100% del sueldo mínimo

La Cámara de Diputados definirá en la sesión ordinaria del miércoles entre el 70% (G. 1.478.793) y el 100% (G. 2.112.562) el pago del salario mínimo vigente para los trabajadores domésticos. El 21 de junio tiene sanción ficta.

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La Cámara de Diputados había modificado el proyecto planteado en la Cámara Alta (que propone el pago del 100% del salario mínimo vigente para todos los trabajadores domésticos), estableciendo el pago del 70% del sueldo mínimo.

El proyecto, presentado por los senadores del Frente Guasu (FG) y del Partido Democrático Progresista (PDP), cuenta en la Cámara de Diputados con dictámenes que aconsejan no aceptar el porcentaje del 100% establecido por los senadores y ratificarse en la modificación del 70% fijado por los diputados.

Los diputados, para ratificarse en su modificación, requieren una mayoría absoluta, es decir, 41 votos, mientras que para aceptar el proyecto de senadores precisan de mayoría simple de los votos.

El proyecto de ley, que cuenta con un solo artículo, menciona que las trabajadoras y trabajadores domésticos se beneficiarán del régimen de salario mínimo legal para actividades diversas no especificadas establecido por el Poder Ejecutivo.

Asimismo, menciona que las personas que desempeñan trabajo doméstico en turnos discontinuos o jornadas inferiores a la jornada máxima legal no podrán recibir remuneraciones que sean proporcionalmente inferiores al salario mínimo legal para esta actividad.

Con el pago del 100%, la patronal tendrá que aportar al IPS el 14% del salario mínimo vigente, G. 295.758; y el trabajador doméstico, el 9% del salario mínimo, equivalente a G. 190.130.

La Ley vigente N° 5407/15 establece un pago del 60% del salario mínimo para trabajadores domésticos (G. 1.267.537 mensuales), que el aporte de los mismos es de G. 114.078 (9%) y el de la patronal es de G. 177.455 (14%).

Trabajadores domésticos

La Ley número 5407 del año 2015 considera trabajadores domésticos a quienes se desempeñen como choferes del servicio familiar, amas de llave, mucamas, lavanderas y/o planchadoras en casas particulares, niñeras, cocineras de la casa de familia y ayudantes; jardineros en relación de dependencia y ayudantes; cuidadores de enfermos, ancianos y minusválidos, mandaderos y trabajadores domésticos para actividades diversas del hogar.

La tendencia en la Cámara Baja es ratificarse en su modificación, que plantea el 70% del salario mínimo legal. Solo la comisión de Equidad y Género emitió un único dictamen a favor.

El proyecto vence el viernes

El proyecto de ley que modifica el Art. 10 de la Ley 5407/15, “Del Trabajo doméstico”, si no llega a ser tratado en la sesión del miércoles, tendrá sanción automática el viernes. La semana pasada el tema no pudo ser tratado por falta de quórum. Sin embargo, sí tuvieron amplia mayoría para adelantar la elección de la mesa directiva.

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