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Así expresa la resolución publicada el pasado viernes en Ginebra (Suiza) de los 18 expertos de este Comité, encargado de vigilar el cumplimiento de Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las NN.UU.
Al respecto, el Ministerio de Relaciones Exteriores (RR.EE.) asegura que los hechos de Curuguaty, que causaron la destitución de Fernando Lugo el 22 de junio pasado, es competencia exclusiva del Poder Judicial. Sostiene que en el marco del Estado de Derecho, los únicos órganos competentes para investigar y juzgar los hechos acaecidos en Curuguaty son el Ministerio Público y el Poder Judicial.
Indica que estos órganos garantizan una investigación imparcial e independiente. Refiere que fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón, se comprometió a brindar toda información que el Comité requiera y si fuere necesario, la invitación abierta y permanente a los mecanismos de supervisión está vigente, siendo esta una opción para verificar in situ lo alegado por el Estado.
El ministro sustituto de Relaciones Exteriores, vicecanciller Antonio Rivas Palacios, coincidió con el comunicado de RR.EE., que “como tal, el citado órgano no juzga ni emite sentencias contra los Estados”, sino que realiza “observaciones y emite recomendaciones” luego del estudio y consideración de los informes periódicos. Agrega que observará el plazo de un año concedido por el Comité para dar la “información pertinente” sobre aplicación de las recomendaciones finales y “en su próximo informe periódico (2017), las demás recomendaciones”.
La Cancillería señala que el juicio político a Fernando Lugo, actual candidato a senador activo, se desarrolló bajo el procedimiento constitucional.
“El Gobierno toma nota de que algunos expertos del Comité tienen sus reparos sobre las modalidades del juicio político. Al respecto, no existe impedimento alguno para estudiar esta preocupación en el ámbito competente, es decir, el Poder Legislativo”, refiere.