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El director de Partidos y Movimientos Políticos, César Rossel, indicó que, además de la asignación de números y colores, la intención es responder a las dudas y consultas de los apoderados de partidos y movimientos.
El artículo 172 de la Ley 834/96 del Código Electoral Paraguayo garantiza la utilización de sus colores tradicionales a los partidos políticos que concurren a elecciones. Mediando disidencias entre los respectivos apoderados, se dirimirá la cuestión, sin ulterior recurso, tomando como criterio, para el discernimiento de los colores, la cantidad de votos obtenidos por cada nucleación política nacional, en primer lugar, y en su caso la antigüedad de cada partido o movimiento político en la vida política nacional.
Los partidos con representación parlamentaria mantienen sus colores, como la ANR, el PLRA, Frente Guasu, PDP, entre otros.