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Según fuentes del Poder Judicial, esto es otra muestra del desconocimiento de la ley por los camaristas. Agregaron que este es el primer caso en el que la Sala Constitucional, en una sentencia, hace referencia a publicaciones periodísticas.
Las fuentes también criticaron el hecho de que los camaristas hicieron referencia a la cuestión procesal.
En la sentencia, Paredes, Núñez y Castiglioni, luego de refutar las publicaciones, defendieron la integración de la Sala, que es una cuestión de procedimiento.
“Los camaristas tenían que limitarse a analizar la constitucionalidad o no de las leyes atacadas”, dijeron.
Paredes, Núñez y Castiglioni también abrieron el paraguas y señalaron que no pueden ser juzgados por el Jurado, ya que actuaron como ministros de Corte y solo cabe el juicio político.