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El abogado Martín Riera, en representación de Canal 13, solicitó que la jueza González aclare si la prohibición es solamente con respecto a los vídeos conocidos y alzados en las redes sociales desde el pasado 27 de julio, o si la restricción debe ampliarse a otros vídeos que pudieran aparecer en el futuro.
A criterio de la magistrada González, no existe término o razonamiento oscuro, errores materiales u omisiones en la sentencia definitiva N° 47 del 6 de agosto de 2014, por la cual se prohibió a cinco medios la difusión de imágenes relacionadas con el legislador.
Agregó la jueza que la resolución sobre la cual se solicitó la aclaratoria está debidamente fundamentada.
La restricción es también para Telefuturo y La Tele, así como para los diarios Popular y Crónica.
El representante legal de Telefuturo y La Tele recurrió ante la Cámara de Apelaciones la restricción de la jueza. Consideran que existe censura a la labor periodística y que no se tuvo en cuenta el derecho de informar, consagrado en la Constitución Nacional.
La investiga el Jurado
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, que preside el abogado Adrián Salas, analizará hoy la actuación de la jueza que concedió el amparo, según se informó ayer.