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En un día histórico para la transparencia en Paraguay, el Tribunal de Apelación Primera Sala decidió confirmar la sentencia del juez Rubén Riquelme, quien había ordenado a la CGR que haga públicas las Declaraciones Juradas de Bienes y Renta de los más altos cargos de la República entre 1998 y 2017.
La decisión fue aprobada con dos votos a favor y uno en contra. Los camaristas Pedro Mayor Martínez y Gustavo Santander Dans votaron a favor de la transparencia, mientras que Gustavo Ocampos, juez argañista que aspira a ser ministro de la Corte Suprema de Justicia, fue el disidente.
De esta manera, el tribunal de alzada ratificó la histórica sentencia que había dado en primera instancia el juez Rubén Riquelme al amparo promovido por el periodista Juan Carlos Lezcano Flecha, luego de que la CGR ignorara repetidamente las solicitudes de acceso a la información pública que había presentado para acceder a las declaraciones juradas.
Con modificación
El Tribunal de Apelación decidió modificar levemente la decisión de primera instancia y señaló que la Contraloría deberá entregar al periodista declaraciones juradas en las que consten los datos personales de los altos funcionarios, el importe total en entidades financieras dentro y fuera del país, el importe de créditos, inmuebles, vehículos, muebles y pasivos. Además deberán incluir los datos de los cónyuges que no se encuentren casados bajo separación de bienes y de los hijos menores, excluyendo nombres y documentos de identidad de los mismos.
Información es pública
Al momento de justificar su voto a favor, Gustavo Santander señaló que existe una relación de complemento entre la Ley 5033/13 de Declaraciones Juradas y la de Acceso a la Información Pública (5282/14).
“Siendo una información que declara (el funcionario) ante un órgano público que es la Contraloría, y al ser ambos contratantes de carácter público, es obvio que la información brindada reviste tal calidad”, indicó el magistrado dentro de sus fundamentos.
A su vez, Pedro Mayor Martínez manifestó que al tener las declaraciones juradas la finalidad de prevenir y detectar actos de corrupción, “es relevante que el control y monitoreo del patrimonio de los funcionarios públicos pueda ser compartido entre el Estado, a través de los exámenes de correspondencia, y la sociedad civil que accede a la información”.
60 días para cumplir
Atendiendo al volumen de la información que deberá ser entregada, señala la sentencia, el Tribunal de Apelación decidió otorgar 60 días de plazo –a contarse desde hoy– para que la Contraloría haga públicos los documentos solicitados.
El miércoles venció el plazo establecido en primera instancia por el juez Rubén Riquelme. El ente, bajo el mando de Enrique García, no amagó siquiera cumplir ese mandato.