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“En este momento hago uso de palabra en representación del señor Delio Almada, conforme al poder obrante en autos, y a los efectos de no repetir y evitar repetición innecesaria, adhiero a los fundamentos esgrimidos en razón de que la pretensión del abogado de la defensa se contrapone claramente a las disposiciones contenidas en el art. 134 del CPP, sin indicar los posibles motivos o justificación que le impidieron la petición en el momento oportuno como lo establece la ley, razón por la cual solicito el rechazo por la pretensión de la defensa”, manifestó Aseretto durante la audiencia que se realizó el pasado viernes en el juzgado de Curuguaty.
Aseretto aludió a que la ley da un plazo de 48 horas para formular un recurso de reposición y que la defensa lo hizo fuera de tiempo.
El abogado Alderete adujo en el recurso de reposición, que fue notificado fuera de plazo de la resolución que fija audiencia preliminar para el 8 de junio.
Mientras, la fiscala Sandra Quiñónez manifestó: “Solicito sea rechazada por extemporánea la presentación atendiendo a que el mismo fue notificado en fecha 26 del presente mes y año y el art. 134 al respecto es claro, al decir que la solicitud se deberá presentar por escrito ante el juez o tribunal dentro de las 48 horas. El representante de la defensa presentó su escrito en fecha 31 de mayo y el plazo del mismo le vencía el día 30 de mayo, asimismo el juez ha fijado dentro del plazo establecido para la audiencia preliminar”.