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La modificación de 73 artículos de la ley electoral vigente plantea el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), en el marco de la discusión que se inició a nivel del Ejecutivo y del Legislativo, para llevar adelante una profunda reforma de la normativa vigente.
Entre las propuestas resalta el agregado que se plantea para el capítulo 1 que versa sobre el derecho al sufragio.
El TSJE plantea establecer como exigencia para realizar trámites en instituciones públicas, la presentación de la constancia de voto. El artículo 4 donde refiere a “el voto es universal, libre, directo, igual, secreto personal e intransferible...” se le agregará un párrafo que reza: “La constancia de votación, expedida por las autoridades de las mesas receptoras de votos, constituirá documento exigible para la tramitación de documentos ante instituciones públicas. La falta de dicha constancia, se suplirá con el certificado de haber abonado la multa prevista por el Código o, en su caso, la exoneración de ella, autorizada por la autoridad designada por la Justicia Electoral...”.
El organismo también propone establecer el pago de multas por faltas electorales ya establecidas, y que el TSJE esté habilitado a percibir dichas multas.
Otra propuesta consiste en habilitar a los movimientos políticos para entablar alianzas electorales con partidos políticos.
Plantea además eliminar del grupo de “no podrán ser electores” (art. 91) a los sordomudos y a los “detenidos o privados de su libertad por orden del juez competente”. Solamente no estarán habilitados para votar los condenados con penas privativas de libertad.
Proponen además eliminar las Juntas Cívicas y trasladar sus funciones a delegados electorales.
Las propuestas de modificación se analizarán en el marco de la discusión de la Reforma Electoral.