Promulgan ley que permite jubilación por IPS a trabajadores independientes

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 4933 que autoriza la incorporación voluntaria de trabajadores independientes, empleadores, amas de casa y trabajadores domésticos al fondo de jubilaciones y pensiones del Instituto de Previsión Social (IPS). La medida entrará recién en vigencia a partir del próximo lunes 5 de agosto (60 días después de su promulgación).

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El proyecto de ley fue presentado por los senadores de Patria Querida Miguel A. Carrizosa y Ana María Mendoza de Acha, y permite que los trabajadores independientes o cuentapropistas puedan ingresar al sistema jubilatorio del IPS por voluntad propia.

Según la ley, el aporte mínimo que deberán hacer es del 13% del salario mínimo legal. Por de pronto no se prevé el acceso a la cobertura médica para estos aportantes; solo para fines jubilatorios a diferencia de un trabajador dependiente de una empresa privada.

El abogado Pedro Halley, coordinador de Reformas Legales del IPS, señaló que la ley, aunque tiene algunas imprecisiones técnicas, abre la posibilidad de que una buena parte de la población económicamente activa pueda jubilarse bajo el mismo régimen que los trabajadores dependientes.

En ese sentido, recordó que quienes llegan a la edad de 55 años deben tener 30 años de aporte para jubilarse; los que tienen 60, 25 años de aporte; y los que tienen 65 años, 15 años de aportación.

La única condición requerida para convertirse en aportante bajo la modalidad establecida por la ley es la de no tener empleador ni tener empleados a cargo.

Halley señaló que aunque el piso o base mínima imponible es del 13% del salario mínimo, los trabajadores independientes, como abogados y contadores, pueden cotizar por un monto mayor y, por ende, percibir un monto mayor al jubilarse.

Solvencia

En un primer momento se prevé el ingreso de 50.000 trabajadores aproximadamente, que según Halley constituye solamente el 5% de la población trabajadora independiente.

“Esta ley va a permitir que 1.100.000 paraguayos del sector independiente puedan acceder al régimen, pero de esos estimamos que solo 5.000 aportarán voluntariamente, atendiendo a que el mercado laboral en nuestro país es sumamente informal”, subrayó.

“Esperemos que en el futuro más cuentapropistas se conviertan en aportantes, pese a la falta de cultura previsional que existe en nuestro país”, agregó.

Según Halley, la relación entre asegurados activos y pasivos es de 11 cotizantes activos por cada jubilado y que con la entrada de nuevos cotizantes será de 15 activos por cada jubilado.

Por primera vez en la historia legislativa de nuestro país, los trabajadores independientes o cuentapropistas tendrán la posibilidad de aportar al IPS y acceder al mismo régimen jubilatorio que los dependientes, de sancionarse la ley que prevé este sistema.

El presidente Franco promulgó el miércoles 5 de junio pasado la ley número 4933 y a partir de ahí se toma en cuenta los 60 días que deben pasar para la entrada en vigencia de la mencionada ley.

Sin cobertura médica

La Ley 4933, recientemente promulgada por el Poder Ejecutivo, no prevé cobertura médica para los trabajadores independientes, empleadores, amas de casa y trabajadores domésticos que se incorporarán en forma voluntaria al sistema del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Instituto de Previsión Social (IPS).

La disposición legal solo establece el aporte para los fines jubilatorios y está destinado especialmente a una población económicamente activa que alcanza una edad y no goza del beneficio de la jubilación. Según datos del IPS, hay cerca de 1.500.000 personas en esta situación.

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