Procuraduría debe investigar como tráfico de influencias, dice Peralta

El ministro de la Función Pública, Humberto Peralta, sostuvo ayer que el nepotismo en el Congreso y otras entidades debe ser investigado por la Procuraduría General de la República bajo la figura de tráfico de influencias, ya que los nombramientos lo hacen las autoridades como favores.

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“¿Quién debiera llevar adelante ese proceso? Tiene que ser canalizado a través de la Procuraduría General de la República, porque es la institución del Estado que constitucionalmente tiene atribuciones de defender los intereses del Estado”.

Así lo expresó ayer el titular de la SFP, Humberto Peralta, al transferir la responsabilidad de investigar los nombramientos irregulares de hijos, cónyuges y otros afines a los parlamentarios, al procurador general, Roberto Moreno.

Según Peralta, en este tipo de casos primero se debe identificar el grado de parentesco establecido en la Ley 2777/05 de nepotismo, que habla de la prohibición de nombrar a funcionarios del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

Aclaró no obstante que solo se puede hablar de nepotismo si el titular de la Cámara de Diputados o del Senado nombra a un hijo suyo, cuando en la práctica sus colegas le solicitan los polémicos nombramientos como un intercambio de favores.

Explicó que dicha situación configura el delito de tráfico de influencias, que cuenta con una legislación aparte, sobre el cual debe actuar la Procuraduría acudiendo al Tribunal de Cuentas Primera Sala.

Apuntó que corresponde a dicho juzgado resolver la nulidad de las resoluciones cuestionadas al demostrarse que no se tratan de cargos de confianza o de Carrera Administrativa.

El alto funcionario admitió que la Secretaría de la Función Pública también debe hacer su parte emitiendo un dictamen luego de recibir una denuncia expresa de la ciudadanía y de los medios de comunicación.

Entre algunos casos, la diputada María Caríssimo (PLRA) tiene tres hijos nombrados; el exdiputado y actual senador Víctor Bogado (ANR), una tía y una sobrina, entre varios otros.

Hay leyes, pero no se cumplen

Ley 2777/05 “Que prohíbe el nepotismo en la función pública” solo incluye al Presidente y Vicepresidente de la República, fiscal general, contralor general, procurador, escribano mayor, directores de entes binacionales, entre otros.

Un proyecto de la bancada del PDP busca extender la prohibición a legisladores, ministros y secretarios ejecutivos del Poder Ejecutivo, miembros del TSJE, entre otros, nombrar, contratar o proponer a parientes en el sector público.

La Constitución Nacional en su artículo 201 prohíbe a senadores y diputados hacer uso indebido de Influencias. La Ley 2523/04 también prohíbe el Tráfico de Influencias.

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