Cargando...
El juez de primera instancia en lo civil del tercer turno, Miguel A. Rodas, ordenó al Ministerio de Defensa Nacional iniciar el pago de un total equivalente a 10 millones de dólares en concepto de indemnización a la familia Arza Huerta.
La resolución judicial fue comunicada a la secretaría de Estado por oficio Nº 217/13 con fecha 12 de junio de 2013.
El documento, dirigido a la entonces ministra María Liz García de Arnold, firmado por el magistrado Miguel A. Rodas, expresa lo siguiente:
“El juez de primera instancia en lo civil se dirige a Ud. a fin de incluir en el presupuesto de dicha institución el total del monto acordado o del remanente en caso de pago de la primera cuota (presupuestada en el ejercicio 2012 por valor de 18 mil millones de guaraníes), esto bajo apercibimiento sobre el desacato a una orden judicial”.
El juez Miguel A. Rodas agregó lo siguiente: “Se servirá V.E. dar cumplimiento efectivo a lo solicitado en concordancia con el acuerdo arribado en estos autos y comunicado por oficio librado por este juzgado que tuvo su entrada en el Ministerio de Hacienda según expediente Nº 8972/13”.
Los 18.000 millones de guaraníes mencionados por el juez Miguel A. Rodas, como primera cuota y cuyo cobro intima al Ministerio de Defensa, equivalen a poco más de US$ 4 millones.
¡Buena plata! El problema es que se pretende obligar al Estado a pagar por tierras que no existen.
Juicio con irregularidades
En el año 2000 Mauri Arza Huerta y María del Carmen Arza Huerta iniciaron un juicio contra la Fuerza Aérea reclamando reivindicación y restitución de la finca Nº 11, padrón 3997 del distrito de Luque, sobre una superficie de casi ocho hectáreas.
El 13 de marzo de 2006 el juez Silvino Delvalle, según sentencia Nº 94, resolvió hacer lugar a la demanda y ordenó al Estado restituir la finca 41.470 a la familia Arza Huerta.
Aquí viene la primera irregularidad: los demandantes reclaman la finca 11 y el juez Silvino Delvalle restituye la finca 41.470 sin expresar la sentencia ninguna justificación por esta maniobra.
“Cumplimiento imposible”
La orden del juez Silvino Delvalle no se pudo cumplir por falta de ubicación y determinación geográfica dentro del predio de la Fuerza Aérea.
El oficial de justicia no pudo localizar el predio reclamado por la familia Arza Huerta dentro de la propiedad de la Fuerza Aérea.
La intervención tuvo lugar el 3 de junio de 2009, junto con el oficial de justicia estuvo un topógrafo y por más que recorrieron el lugar no localizaron la finca.
El entonces procurador general de la República, Dr. Enrique García, participó de la intervención y al finalizar la comisión judicial se labró un acta donde consta que la sentencia judicial “es de cumplimiento imposible”.
El documento fue firmado por Mauri Arza Huerta y María del Carmen Arza Huerta.
Informes técnicos del Ministerio de Obras Públicas, Indert y Dirección de Catastro coincidieron en señalar que no lograron localizar dicha finca.
Complicidad de la Procuradoría
El 20 de febrero de 2013 la Procuradoría General, representada por Pedro Valiente Lara, firmó un acuerdo conciliatorio con Mauri y María del Carmen Arza Huerta.
El documento expresa: “Acuerdo conciliatorio de compra-venta de inmueble, identificado como finca 41.470, padrón 3997, arreglo de costas y costos de juicio” (negritas son nuestras).
El juicio de los Arza Huerta fue de restitución de inmueble y el exprocurador Pedro Valiente Lara negoció la compra de una propiedad que hasta hoy ni siquiera se sabe dónde está.
La Procuradoría General de la República, en lugar de defender los intereses del Estado paraguayo, lo que hizo fue bastardear su función.
La institución se convirtió en cómplice en el despojo de fondos públicos.
Y ahora el juez Miguel A. Rodas ordena el pago de 10 millones de dólares.
Estamos todos locos.
Pagar por tierras que no existen en la FAP
En julio de 2011, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones llegó a la siguiente conclusión: “Sin posicionamiento astronómico o linderos ciertos colindantes con los documentos que me fueran facilitados no es posible asegurar dónde o cuál es la citada propiedad”.
El documento redactado por el Arq. Marcial Jiménez agrega que “sin tener la certeza de cuál es la ubicación de la propiedad, resulta imposible dar un valor cierto” (negritas son nuestras).
En la intervención judicial del 3 de junio de 2009 se labró un acta donde quedó constancia de que no se sabía dónde estaba localizado el predio. Lo mismos demandantes reconocieron con su firma que no ubicaban el lugar que consideraban como suyo.
El juez Miguel A. Rodas tuvo estos documentos en sus manos; así y todo ordenó pagar 10 millones de dólares.
roque@abc.com.py