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Se toma como referencia que el primer acto de procedimiento se realizó el 19 de mayo de 2000 con las imputaciones y órdenes de detención dictadas por la fiscalía, por lo que los abogados sostienen que el juzgado no tiene otra opción que hacer lugar a la extinción de la acción.
La fiscalía intentó evitar que la acción se extinga, promoviendo una acción de inconstitucionalidad contra el artículo que establece que el proceso no puede durar más de tres años. Pero la Corte no quitó ninguna medida suspendiendo los efectos del citado artículo, por lo cual ya no podrá afectar al caso del frustrado golpe.
El Código Procesal Penal también indica que cuando se declare la extinción de la acción penal por morosidad judicial, las víctimas deberán ser indemnizadas por los funcionarios responsables y por el Estado al considerar que se incurrió en negligencia.
El abogado Pedro Wilson Marinoni dijo que pedirá que una copia completa del expediente sea remitida al Parlamento para que se estudie el juicio político del fiscal general Oscar Latorre, y otra copia para el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrado, para pedir la destitución del fiscal Alejandro Nissen, quien tuvo a su cargo la investigación.