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La propuesta señala que todo personal policial o militar convocado para intervenir en operaciones conjuntas percibirán, sin perjuicio de sus salarios ordinarios, el equivalente al 50% de su asignación mensual, por el tiempo establecido.
Los efectivos que hayan sufrido lesiones graves o permanentes serán indemnizados con 2.000 jornales mínimos (aproximadamente G. 140.000.000, con el monto actual); y los familiares de aquellos que mueren en servicio 5.000 jornales mínimos (G. 350.000.000, en promedio).
Este último alcanzará a familiares de los fallecidos dentro del plazo de 12 meses anteriores a la promulgación de la ley.
El legislador, en su exposición de motivos señala que lo que se busca es incentivar y motivar a los integrantes de la fuerza conjunta, y a su vez proteger ante la eventualidad de un desenlace fatal, a los familiares de los mismos.
“El trabajo realizado por el personal policial o militar afectados a operaciones de combate, es considerado un servicio y una entrega a la patria, donde cada uno de ellos está plenamente consciente que ofrendarán sus vidas si fuere para el mantenimiento de las instituciones democráticas”, señala el diputado.
El proyecto se circunscribe dentro de la Ley 1337 de “Defensa Nacional y Seguridad Interna” modificada el año pasado para habilitar al gobierno de Horacio Cartes a emplear tanto militares como policías en la lucha contra el grupo criminal autodenominado “Ejército del Pueblo Paraguayo” que tiene en zozobra a la zona norte del país.