Plantean modificar penas por abusos

El diputado Hugo Rubín, del Encuentro Nacional, planteó un proyecto de ley que endurece las penas para casos de abuso sexual en niños.

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El proyecto que modifica el artículo 135 del Código Penal sobre abuso sexual en niños pretende aumentar la pena privativa de libertad a 10 años a los autores de actos sexuales con un niño o niña, o lo indujera a realizarlos en sí mismo o a terceros.

Además, pretenden aumentar la pena a 15 años en los casos en que el autor del hecho haya maltratado físicamente a la víctima en forma grave o haya abusado de la víctima en diversas ocasiones; o haya cometido el hecho con un niño o niña que sea su hijo biológico/a, adoptivo/a o hijastro/a, o con un niño o niña cuya educación, tutela o guarda esté a su cargo, según el escrito del proyecto.

También propone que la pena privativa de libertad sea aumentada a entre veinte y veintidós años cuando el autor haya realizado el coito con la víctima.

En caso de que la víctima sea menor de diez años, la pena podrá aumentarse hasta 25 años.

Otro de los castigos que estipula el proyecto de ley es el de 3 años de cárcel en los casos en que el autor realizara delante de un niño actos exhibicionistas aptos para perturbarle; o con manifestaciones verbales obscenas o publicaciones pornográficas que se dirigiera al niño para estimularlo sexualmente o causarle rechazo respecto al sexo.

El legislador, con esta propuesta, pretende fortalecer el Sistema Nacional de Promoción y Protección Integral, el derecho a la salud para disminuir la mortalidad infantil, el derecho a la educación para mejorar su calidad y el derecho a la “protección contra el abuso”, el maltrato, la trata y la explotación.

Por otra parte, recordó que la sección paraguaya de Unicef alertó que el número de casos de abuso sexual en nuestro país podría ser mayor a 2.298 registrados en el 2010, ya que la mayoría no son comunicados a las instituciones pertinentes.

Según el reporte de la Unicef, en Paraguay existe “cierta tolerancia o permisividad” hacia el abuso sexual en niños, debido a que el Código Penal Paraguayo en su artículo 135 prevé un castigo mínimo de 3 años o “multa” al que realizara actos sexuales con un niño o lo indujera a realizarlos en sí mismo o a terceros.

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