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El pedido de informes a la Contraloría General de la República sobre el funcionario David Christian Espínola Osorio fue realizado por el senador colorado Mario Abdo Benítez (h). El parlamentario zacariista Juan Darío Monges se opuso a la solicitud; sin embargo, no fue acompañado por sus colegas, quienes aprobaron solicitar los reportes correspondientes.
Según nuestra redacción regional de Ciudad del Este, David Christian Espínola Osorio es funcionario de la Contraloría General de la República (CGR) y fue comisionado a la Municipalidad de Ciudad del Este desde marzo del 2013 hasta diciembre del mismo año. Posteriormente, la intendenta Sandra McLeod solicitó la prórroga de su comisionamiento hasta diciembre de este año, según consta en la solicitud remitida por la Intendencia al ente contralor. Espínola percibe en la CGR un salario de G. 4.821.936, mientras que en la Comuna esteña recibe la suma de G. 4.320.000.
Roberto García, director de Recursos Humanos de la Contraloría, confirmó que David Espínola es funcionario de dicha institución desde 1993 y posee título de administración de empresas, otorgado por la Universidad Nacional de Asunción. Sin embargo, no registra ninguna especialización en su currículo ni capacidad extraordinaria que justifique el pedido de McLeod respecto a la labor del funcionario, confirmó García.
Señaló que Espínola apenas recibe remuneración de la Contraloría, no así de la Comuna. Sin embargo, al ser consultado el director de Recursos Humanos de la Comuna esteña, Catalino Villalba, informó que sí percibe el mencionado beneficio como “gratificación por la responsabilidad que ocupa en el cargo de director de Finanzas”, y no en concepto de salario.
Posteriormente, aseguró que “cualquier persona que no recibe salario del ente de origen (que vendría a ser la Contraloría), puede recibir una remuneración de la institución donde presta servicios”.
El Frente Ciudadano del Este denunció que existe incompatibilidad entre ambas instituciones, pues –aseguran– este empleado sería juez y parte en una eventual fiscalización. Temen una injerencia o un posible “blanqueo” a la gestión municipal. Señalan también que el artículo 105 de la Constitución establece la prohibición de doble remuneración; ninguna persona podrá percibir como funcionario o empleado público, más de un sueldo o remuneración, simultáneamente, con excepción de los que provengan del ejercicio de la docencia.