Piden a partidos nómina de los administradores

La Comisión Asesora de Financiamiento Político de la Justicia Electoral solicitó a cinco agrupaciones políticas la remisión de la nómina de administradores y subadministradores de campaña. Estas personas llevarán la contabilidad de los candidatos que competirán en las próximas elecciones municipales previstas para el domingo 15 de noviembre.

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La Ley 4743/12 Que regula el Financiamiento Político señala que los partidos, movimientos y alianzas deben designar a un administrador y subadministradores departamentales y locales de las campañas de sus candidatos/ municipales.

A pedido de la comisión, la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos solicitó la nómina de administradores a los titulares de las agrupaciones políticas: Fernando Lugo (Frente Guasu), Miguel Carrizosa (Partido Patria Querida), Josefina Duarte (Partido Revolucionario Febrerista), Hermann Ratzlaff (Partido Encuentro Nacional) y Jorge Oviedo Matto (Unace).

Según la dependencia de la Justicia Electoral ya cumplieron en informar los partidos Colorado, Liberal Radical Auténtico (PLRA) y Democrático Progresista (PDP).

La ley menciona que a los efectos de establecer los controles por parte de la Justicia Electoral, cada agrupación debe designar a un administrador y este a su vez a un subadministrador departamental y local de campaña que a su vez deberá también comunicar la nominación al Registro Electoral de cada circunscripción judicial correspondiente.

Se deberá abrir una cuenta única en una institución financiera de plaza en la que se depositarán todos los fondos recaudados para financiar la campaña electoral, sea de origen público o privado.

Responsabilidad

Los administradores y subadministradores o delegados locales son personalmente los responsables de su aplicación al destino fijado, y solidariamente con ellos los candidatos y el presidente del partido.

Si incurren en gestión indebida, sobre ellos recaerán sanciones penales. En caso de falsear datos, incurrirán en la comisión de hecho punible por producción de documentos públicos de contenido falso.

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