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En la víspera los abogados Cristóbal Franco Benítez y Víctor Hugo Ronda remitieron un comunicado que refiere que Santiago Peña no reúne el requisito de antigüedad necesaria de un año para presentarse como candidato en las internas de la ANR. Recuerdan que la fecha tope de inscripción ante el Tribunal Electoral de la ANR es el 3 de octubre. Peña, militante del PLRA por más de 20 años, se afilió el 29 de octubre del año pasado y fue aprobada por la Junta de Gobierno del 9 de noviembre del mismo año.
Agregan que Peña, cuando “llenó su solicitud de afiliación al partido, lo hizo bajo fe de juramento, que reunía los requisitos exigidos por los estatutos partidarios”. “Sin embargo, al hacerlo omitió su condición de afiliado al PLRA, violando así lo dispuesto taxativamente en el Art. 67 Inc. b, de los Estatutos Partidarios, “No estar afiliado a otro partido político” y en tal condición también la Junta de Gobierno aceptó esta solicitud violando abiertamente el estatuto”, refieren. “En conclusión, Peña no puede alegar el desconocimiento de la prohibición estatutaria que le impedía afiliarse a la ANR. Él mismo debió renunciar previamente a su partido para solicitar su afiliación”.