Para Ovelar hay clara violación

El diputado del Movimiento Colorado Añetete Éber Ovelar, exrepresentante ante el Consejo de la Magistratura, declaró que la decisión de reemplazar a los representantes del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados por parte de la Cámara de Diputados supone –sin lugar a dudas- una clara violación constitucional.

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Mencionó que en el primero de los casos, cabe señalar que el Art. 263 de la Constitución Nacional establece que los miembros del Consejo de la Magistratura durarán tres años en sus funciones. Alegó que esta disposición a su vez es ratificada por el Art. 6 de la Ley 296/94, que establece con absoluta claridad que los miembros del Consejo de la Magistratura gozan de iguales inmunidades que los Ministros de la Corte Suprema de Justicia y su remoción sólo podrá hacerse por el procedimiento establecido en el Artículo 225 de la Constitución, es decir, por juicio político.

Por otro lado, declaró que con respecto a los integrantes del Jurado, la Ley 3.759/09 establece que los representantes del Congreso duran en el cargo por todo el periodo constitucional de su designación y para su remoción estos quedan sujetos al procedimiento previsto en el Art. 190 de la Constitución, lo que significa que los miembros del Congreso designados como representantes ante el JEM, solo pueden ser removidos en casos de incapacidad física o mental declarada por la Corte.

 

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