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Dijo que en una próxima reunión del Consejo Nacional de Objeción de Conciencia pulirán las sanciones y además definirán la franja de edad de los jóvenes que serían afectados.
En principio, en la reglamentación de la Ley 4013, ya aprobada por el Consejo, los jóvenes objetores, 18 a 26 años, si no realizan el servicio substitutivo deberán pagar multas e, inclusive, pueden ser impedidos a tener o renovar carnet de conducir, renovar pasaportes y acceder a cargos públicos.
Estas puniciones, de no acceder a documentos personales y cargos públicos, que ayer generaron el inmediato rechazo, aún están por definirse, según aseguró Godoy.
El funcionario enfatizó que ya existe la reglamentación de la Ley 4013 y que comenzará a tener vigencia desde enero próximo. Lo que implica que los jóvenes objetores están obligados a declarar su condición y esperar la convocatoria para realizar el servicio substitutivo al cuartel.
Godoy destacó que la Defensoría facilitará el trámite de la objeción de conciencia y que los jóvenes de 18 a 26 años podrán llenar el formulario por internet (www.defensoriadelpueblo.gov.py) o acudiendo a la Dirección de Objeción de Conciencia ubicada en Pdte. Franco 261, entre Chile y Nuestra Señora, en Asunción.
Indicó que también podrán acudir a las oficinas de la Defensoría de Fernando de la Mora, Ciudad del Este, Encarnación e Itá.
Los jóvenes con impedimentos físicos están exonerados del servicio substitutivo y los insolventes tampoco pagarán la multa de G. 400.000. El reglamento dice que los jóvenes excluidos de la multa deberán demostrar que reciben “una remuneración mensual inferior a dos salarios mínimos para actividades diversas no especificadas”.