No se puede amordazar

La abogada Cecilia Pérez explicó que las medidas alternativas son para evitar que el procesado se fugue y pueda responder al proceso, por lo tanto no se puede abusar y “amordazar” a alguien. “En ningún caso se puede prohibir a una persona hablar por cualquier medio, no se le puede amordazar; eso ya es una prohibición inconstitucional”, señaló.

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Advirtió que las medidas impuestas en este caso son amplias y muy sugestivas. Agregó que no se puede impedir el desplazamiento normal de una persona por el territorio nacional.

“No se pueden hacer abusos de las medidas, ya que la procesada debe ejercer su derecho a la defensa, y cómo lo va a hacer si es que no le dejan expresarse. Es muy genérico eso de que no se puede ofender al imputado. Si la mujer dice algo, el juez revocará las medidas y terminará presa, y eso no puede ser”, sentenció la abogada.

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