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Antes del receso legislativo, que se inició el 21 de diciembre, el Poder Ejecutivo planteó a la Cámara de Diputados aprobar el proyecto con el fin de mejorar la gestión en los trámites administrativos diarios.
En la exposición de motivos, el Ejecutivo menciona que es necesario establecer la posibilidad de delegar la firma de algunas situaciones como los pases a retiro al ministro del ramo, sin perjuicio de la facultad del Presidente.
Se plantea la modificación del artículo 1º de la Ley 1433/1999 que, a su vez, modifica el artículo 134 del capítulo XIV del Retiro y deroga varios artículos de la Ley 1115 del 28 de agosto de 1997 del Estatuto del Personal Militar
El texto menciona que el pase a retiro del personal militar se concederá a pedido y de oficio. El Poder Ejecutivo podrá delegar dicha facultad autorizando al ministro de Defensa, a dictar la correspondiente resolución. En caso de resultar procedente la petición, se concederá dentro del plazo de 90 días de su presentación.
También el texto de la norma propone que será acordado por el Poder Ejecutivo el retiro de oficio después de 30 años de actividad.