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La Ley 5016/14, de Seguridad Vial, está siendo reglamentada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. Pelliccetti sugirió modificar los artículos 52, numeral 2; y 66, inciso W, que se refieren a la prohibición de utilizar estos protectores frontales o traseros y enganches sobresalientes en los vehículos, además de los faros no convencionales. La ley vigente había sido aprobada a instancias del senador del Partido Encuentro Nacional Eduardo Petta, quien se desempeñó como fiscal y luego como director de la Policía Caminera. Según el argumento del proyectista, la utilización de protectores metálicos en los vehículos agrava las lesiones a personas y a otros rodados en el momento de ocurrir un impacto. Por ese motivo, se prohíbe la utilización de los accesorios metálicos y la ley ordena el uso de protectores de fibra , que no son contundentes como los metálicos.
La Asociación de Industriales Metalúrgicos de Equipamientos y Accesorios para Vehículos afirma que esto tiene un impacto negativo directo sobre alrededor de 8.000 trabajadores de este rubro. Pelliccetti afirma que la prohibición es “sumamente perniciosa” para las empresas, fábricas y talleres que se dedican exclusivamente a esta actividad. El gremio considera de “utilidad pública” el uso de estos equipamientos de referencia, tales como protectores frontales, traseros, barras antivuelco, carpas cubrecarrocería, buscahuellas, molinetes, tiratrailers, etc. Aseguró que la utilización de estos implementos para vehículos no es la causa de los accidentes en las rutas del país, y que ni siquiera hay estadísticas sobre el particular por parte del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social ni de la propia Patrulla Caminera.
En el Senado hay un proyecto de ampliación de la ley de Seguridad Vial, pero se refiere a la exigencia de utilizar sillitas especiales para menores de tres años.