Los expresidentes deben ser senadores vitalicios, afirman

CONCEPCIÓN (Aldo Rojas Cardozo, corresponsal). El obispo de la diócesis de la Santísima Concepción del Paraguay, monseñor Miguel Ángel Cabello Almada, dijo que se debe respetar lo que establece la Constitución Nacional con relación al artículo 189 que excluye a exmandatarios de senaduría activa. También se refirió a que más adelante se deben cambiar algunos puntos de la Carta Magna.

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Hay cosas establecidas, tenemos la Constitución Nacional y eso se debe respetar, aseguró el responsable de la Iglesia Católica en los departamentos de Concepción y Amambay. Señaló desde mañana y hasta el viernes 9 de marzo se realizará la asamblea de los obispos del Paraguay y que allí se debatirá la realidad nacional y eclesial en donde seguramente se abordará el tema. “Se debe respetar la Constitución Nacional, es una cosa obvia”, sostuvo monseñor Cabello.

El artículo 189

Sobre la interpretación del artículo 189 de la Carta Magna indicó que las leyes se deben cumplir y añadió que más adelante sí es necesario realizar algunos cambios, pero no especificó sobre qué temas puntualmente. “Estamos obligados a cumplir la ley, no sé si se puede interpretar de otra manera”, sentenció.

El Art. 189 de la Constitución Nacional señala que “los expresidentes de la República, electos democráticamente, serán senadores vitalicios de la Nación, salvo que hubiesen sido sometidos a juicio político y hallados culpables. No integrarán el quorum. Tendrán voz pero no voto”.

Sin embargo, el presidente de la República Horacio Cartes y el exjefe de Estado Nicanor Duarte Frutos volvieron a candidatarse para ser senadores activos por el Partido Colorado cuando que la Carta Magna les reserva el espacio de la senaduría vitalicia. Nicanor por segunda vez se candidata a legislador.

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