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El presidente Horacio Cartes firmó la promulgación de la Ley 5282, de Acceso a la Información Pública asegurando que la nueva normativa es el reflejo de que “estamos viviendo un momento histórico en nuestro país” .
Recordó que se había comprometido a que desde el primer día de su administración se pondría a trabajar para acabar con la injusticia y el mal uso del dinero público. “Cuando hay transparencia, la gente vuelve a estar por encima de los intereses personales, porque le entregamos las llaves del poder al pueblo, para que el pueblo mismo sea contralor del gasto público”, dijo el Mandatario.
Agregó que su Gobierno promovió la publicación de las nóminas de funcionarios públicos con sus salarios y viáticos. “Por eso logramos que se publique la administración de proyectos de cada una de las instituciones del Gobierno. Y hoy, todos los paraguayos, y el mundo, pueden ver en la página web de nuestro gobierno, nuestros presupuestos y nuestros proyectos, como debe ser en un país democrático, en donde el Gobierno está al servicio del pueblo, y el pueblo ve y sabe cómo se maneja el dinero que es de ellos”, dijo Cartes.
SIP felicita por la ley
Por su parte, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó ayer su satisfacción por la sanción de una ley de acceso a la información y transparencia en Paraguay, pero pidió a las autoridades diseñar una extensiva campaña de educación pública para que la ciudadanía conozca cómo utilizar los nuevos mecanismos. El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa en Información de la SIP, Claudio Paolillo, saludó la medida, dijo que Paraguay se suma así a una tendencia favorable en América Latina y que ojalá contagie a otros países, como Argentina.
Paolillo, director del semanario uruguayo Búsqueda, añadió que nuestro país “tiene la oportunidad de que esta ley sea efectiva, no una simple respuesta demagógica, para lo cual las autoridades deben diseñar una extensiva campaña de educación con el propósito de que la ciudadanía conozca cómo utilizar los nuevos mecanismos”, dijo. La ley entrará en vigencia en el 2015. Reglamenta el artículo 28 de la Constitución “con el fin de garantizar a todas las personas el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública”.
La SIP viene insistiendo en que la efectividad de la norma radica en 3 puntos: Educación del ciudadano para conocer formas de cómo solicitar información; castigos para funcionarios y entidades que nieguen información; y que el Gobierno acate normas específicas para que la clasificación de la información sea solamente cuestión excepcional.
Puntos importantes de la ley
- Las fuentes públicas deben mantener sus bases de datos actualizadas y a disposición del público en forma constante.
- Toda persona interesada en acceder a la información pública deberá presentar una solicitud ante la oficina establecida en la fuente pública correspondiente, personalmente, por correo electrónico, en forma escrita o verbal, y en este último caso, se extenderá un acta.
- Toda solicitud deberá ser respondida dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación. La información requerida será entregada en forma personal o a través del formato o soporte elegido por el solicitante.