Ley antichicana evitará paralizar los casos emblemáticos de corrupción

La Cámara de Diputados tiene pendiente de tratamiento un proyecto de ley que busca frenar las masivas recusaciones que se presentan contra fiscales que tienen casos emblemáticos de corrupción contra las arcas públicas. La iniciativa legislativa plantea que el agente fiscal recusado siga entendiendo en la causa y que sea la Fiscalía General del Estado y no la Corte Suprema de Justicia la que resuelva si aparta o no a un agente.

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El diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA, efrainista) uno de los firmantes de la norma mencionó que el proyecto establece plazos, también que mientras se resuelva la recusación el fiscal siga entendiendo la causa y por último que esas recusaciones sean entendidas dentro del ámbito del Ministerio Público y no de la Corte Suprema de Justicia como actualmente establece el Art. 57 del Código Procesal Penal.

“Generalmente cuando las recusaciones llegan a la Corte uno ya debe olvidarse del proceso, es por eso que en el proyecto tratamos de evitar que llegue a la Corte y esto se pueda resolver dentro del ámbito del Ministerio Publico”, mencionó el legislador al señalar que la norma evitaría dilatar de forma indefinida los procesos de recusaciones de agentes fiscales.

Se aguarda que la norma sea tratada antes del receso parlamentario, que se inicia el 21 de diciembre y que las comisiones de Asuntos Constitucionales, Legislación y Justicia inicien el análisis de la norma y se expidan antes del cierre del periodo de sesiones.

El proyecto de ley fue presentado por la diputada y exfiscal Rocío Vallejo (PPQ) y respaldado por diputados del PLRA, PEN, Hagamos y los colorados Ramón Romero Roa (independiente) y Derlis Maidana (cartista). Vallejo mencionó que antes de pedir el tratamiento de la norma aguardarán los pareceres de la Fiscalía y de otras instituciones.

Fundamento

En la exposición de motivos se menciona que en el Paraguay se ha instalado como práctica recusar a los agentes fiscales y que ello afecta gravemente la investigación en los hechos punibles complejos. “La inmediatez es muy importante en las investigaciones fiscales y la separación de los agentes fiscales, a veces con recusaciones que alcanzan a toda una unidad e incluso a los fiscales adjuntos, se ha vuelto una práctica que perjudica a las investigaciones de todo tipo”, menciona parte del fundamento.

Asimismo, señala que la recusación no puede tener el mismo efecto cuando se presenta contra el fiscal que cuando se presenta contra el juez, pues el fiscal nunca decidirá el caso. Ni siquiera durante la investigación, el agente fiscal tiene la facultad de decidir sobre cuestiones que afecten garantías constitucionales (allanamientos, prisión preventiva, intervención de comunicaciones, etc.), ya que, para ello, necesariamente deberá recurrir a un juez.

Defienden la autonomía de la Fiscalía General para que decida si un agente fiscal debe ser apartado de un caso y menciona que cualquier disposición inferior a la Constitución que autorice a otro órgano público a decidir si un agente fiscal, fiscal adjunto o el propio Fiscal General es apartado es una abierta violación al artículo 266 de la Constitución.

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