Letrado dice que se ajusta a la normativa

Para el abogado Osvaldo Granada, la jueza Patricia González actuó conforme a derecho al prohibir la difusión del video íntimo del senador Juan Carlos Galaverna, porque la Constitución Nacional protege la intimidad y la privacidad de las personas. “Estamos en un siglo en que la intimidad de las personas está muy expuesta por los nuevos sistemas de comunicación. La Constitución Nacional pone énfasis en la protección; y la Carta Magna es donde se establecen las reglas de juego definitivas y derechos inalienables. El derecho a la intimidad es inviolable, me olvido de que hablamos de Calé, de Víctor Núñez o Jhony Fabbro, la regla es absoluta”, explicó.

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El profesional destacó que no hay intereses en juego. “No se puede hablar de libertad de prensa conculcada cuando alguien quiere filmar dentro de mi dormitorio”, indicó.

“Yo pienso que la jueza actúa en forma correcta, yo no puedo amordarzar a la prensa para que opine sobre lo que se le ocurra, pero no puedo permitir que pongan un micrófono en el dormitorio para saber qué hace uno en su vida privada”.

Mayor especificación

Respecto a la forma genérica en que se dispuso la restricción, Granada refirió que es una cuestión sobre la que se podría solicitar una mayor especificación a través de una aclaratoria, pero a su criterio es innecesario, porque es muy evidente qué tipo de contenido tiene el material cuya difusión se busca evitar.

“Quizá falta previsión, y se podría solicitar a través de una aclaratoria que especifique si se refiere a todas las publicaciones o solamente a la filmación que se conoció en los últimos días, pero ni hace falta, todos sabemos de qué se trata. No se trata de Galaverna haciendo un discurso en el Congreso ni del festejo de su cumpleaños”, acotó.

El artículo de la Constitución Nacional al que hace referencia Granada es el 33, del derecho a la intimidad.

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