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“Nosotros, como entidad aplicadora de las concesiones no tenemos la posibilidad coercitiva de castigar a ninguna empresa que esté en esa situación”, acotó.
El funcionario precisó que Lampa obtuvo la concesión para explotación a través de la Ley 2079/2003 por 30 años, desde 2011. Lo que recauda el Estado en concepto de canon es de G. 1.246.307.548 (unos US$ 227.000 por año) desde ese año y, en lo que va del 2017, unos US$ 9.000.
Lampa extrajo en el primer año 70 kg de oro, en el segundo 50 kg, en el tercero 30 kg y luego se disminuyó la producción drásticamente a 2 kg. El canon que se paga es el 8% sobre la rentabilidad, indicó Bejarano.
El viceministro explicó que el control de la cantidad de extracción del oro se realiza mediante informes técnicos. Indicó que Lampa tiene la obligación de presentar un informe trimestral en el que declara qué es lo que han hecho. Determinan la cantidad de material que han utilizado en molienda, y a partir de eso también informes que indican que el porcentaje rendido por ellos es el real.
También tenemos fiscalizaciones aleatorias con personas preparadas en ingeniería minera. El año pasado los funcionarios estuvieron tres veces en Lampa.
El funcionario dijo que no se puede poner en tela de juicio lo que rinde la empresa hasta que no exista una prueba que diga lo contrario. Añadió, no obstante, que la fiscalización aumentó y se adquirió tecnología para realizar los trabajos.