La deuda del Estado a IPS sigue en discusión

El Instituto de Previsión Social (IPS) y el Ministerio de Hacienda no se ponen de acuerdo en el monto que adeuda históricamente el Estado a la previsional. Según la Contraloría, asciende a más de G. 1 billón. Además, encontró diferencias de G. 98.597 millones entre montos mensuales de recaudación.

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La Contraloría General de la República realizó una auditoría financiera al IPS al ejercicio 2013 durante la gestión del entonces presidente del consejo de administración, Raúl Mongelós (PLRA).

Entre los hallazgos, el informe menciona que la previsional tiene contabilizada como deuda del Estado paraguayo acumulado desde el año 1944 hasta diciembre del 2013 con el IPS, en concepto de aportes, la suma de G. 1.456.753.548.806. Sin embargo, el informe del órgano superior de control dice que en el Ministerio de Hacienda no se tiene registrado ese monto.

Otros hallazgos de la auditoría financiera expresa que se vieron diferencias por un importe de G. 98.597.360.453 entre los montos mensuales según listado de recaudaciones emitidos por el departamento de tesorería y las planillas de recaudación emitidas por el departamento de contabilidad elaborada para el ingreso efectivo del devengamiento de aportes.

Igualmente, halló diferencias por G. 533.767.891.236 entre los rubros 120 Contribuciones a la Seguridad y 190 Otros Recursos corrientes del listado de ejecución presupuestaria de ingresos al 1 de enero del 2013 al 31 de diciembre de ese año, incumpliendo la Ley 1535/99 “De Administración Financiera del Estado”.

También se observaron retenciones realizadas por el IPS que no fueron transferidos al Servicio Nacional de Control de Enfermedades transmitidos por vectores (Senepa), que proviene del año 2000-2013, por G. 13.849.383.211, incumpliendo la Ley 1429/99, artículo 1, y Ley 2311/03, artículos 1 y 2.

El ente previsional realizó retenciones que no transfirió al Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), año 2000-2003, un monto de G. 1.154.455.387, incumpliendo la Ley 1405/99 y sus modificaciones que crea el SNPP, en sus artículos 1 y 30.

Valoración deficiente

En el IPS se implementó el formulario referente al cumplimiento de requisitos en la fase de planificación y puesta en marcha de la implementación del Mecip, pero ello no significa una evaluación de la eficiencia de los procesos aplicados por la institución auditada, aclara el informe de la Dirección General de Control de Recursos Sociales de la Contraloría. Señala que la evaluación, realizada a la previsional según la planilla consolidada de evaluación independiente por estándares de control, arrojó una valoración deficiente.

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