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Ayer la jueza penal de garantías Lici Sánchez resolvió que no tiene competencia para analizar el pedido del senador Rodolfo Friedmann sobre la incomparecencia del expresidente Horacio Cartes a la citación de la Comisión Bicameral que preside.
Ante dicha situación, de conflicto de competencia, la magistrada explicó que corresponde remitir a la Corte, ya que así lo disponen la Constitución Nacional, el Código Procesal Penal, el Código de Organización Judicial y el Código Procesal Civil.
Ahora la Sala Penal de la Corte deberá resolver quien es el juez competente, si Alcides Corbeta o Lici Sánchez.
De hecho, Sánchez había remitido los antecedentes al juez Corbeta, debido a que ella es del criterio que es el juez del caso, pero este se los devolvió con el argumento de que la Ley Nº 137/93 establece que es el juez de turno el que debe imponer si corresponde las sanciones al expresidente, por no comparecer o no justificar debidamente su ausencia.
En dos ocasiones (la última fue el pasado 18 de marzo), Cartes, se negó a comparecer ante la comisión que investiga a su “hermano del alma” Darío Messer, buscado por la justicia paraguaya y brasileña por delitos como lavado de dinero. Este solicitó que las preguntas le sean enviadas por escrito.
El artículo 5 de la Ley 137, que reglamenta a las comisiones de investigación del Congreso, dispone multas de entre 30 y 100 jornales o un arresto domiciliario de entre seis y quince días para los que se niegan a acudir. Igualmente, faculta el uso de la fuerza pública para obligar a la persona a hacerlo.
Por otro lado, también indician que puede ser investigado por desacato de una orden judicial.