Cargando...
La normativa establece la responsabilidad del Gobierno en la implementación de políticas de Estado que preserven y fortalezcan la agricultura familiar.
Para el efecto, se dispone la necesidad de incentivos, facilidades y beneficios para las familias dedicadas a este tipo de agricultura.
En su artículo 33, la normativa señala que se suspenden por tres años toda ejecución de sentencia y actos procesales o de hecho que tengan por objeto el desalojo de agricultores/as familiares, que al momento de la entrada en vigencia de la presente norma se encuentren en condiciones de usucapir las tierras rurales que poseen. La autoridad de aplicación, de conformidad a los artículos precedentes, priorizarán soluciones inmediatas para garantizar la permanencia y el acceso a la tierra.
El proyecto fue girado a la Cámara de Diputados para su estudio.